La Dirección Asistencial del Hospital de Gorliz vulnera el derecho de vacaciones de los facultativos

30/07/2015
La Dirección Asistencial del Hospital de Gorliz decide anular las vacaciones a uno de los facultativos de medicina interna, servicio de convalecencia, el día antes de iniciar el disfrute de las mismas, como respuesta a un escrito presentado por los mismos en el que mostraban su malestar por el aumento de cargas de trabajo derivadas de la no sustitución de personal.

La Dirección Asistencial anula el permiso a uno de los facultativos de este servicio aduciendo que “durante la duración de los permisos, se encuentra sólo un tercio de la plantilla en la sección de convalecencia…” Hemos de recordarle a la Dirección que estos permisos se solicitan con la suficiente antelación como para que ésta pueda programar las necesidades de personal y comunicar a las y los trabajadores la aprobación o denegación de los permisos, y NO esperar a anularlas el día anterior a comenzar su disfrute, toda vez que ya habían sido autorizadas y computadas en cartelera.

De hecho, el artículo 38 del Acuerdo Regulador de condiciones de trabajo en Osakidetza en su punto 8 dice: “Una vez autorizadas las fechas de vacaciones de un trabajador, si fueran denegadas por razones consideradas urgentes e ineludibles, tendrá derecho…..” Y en su punto 9: “Cuando, por necesidades del servicio, la Dirección de Recursos Humanos de la Organización de servicios correspondiente modifique al personal la fecha de disfrute de sus vacaciones ya establecidas en el calendario, deberá compensar al trabajador con una ampliación de su período vacacional de 2 días laborables. En este caso la Dirección sólo podrá modificar un máximo del 50% del periodo acordado”.

ELA entiende que esta medida NO se ajusta a ninguno de los supuestos que se describen para poder denegar o modificar las fechas de vacaciones de las y los trabajadores una vez autorizadas y ajustadas a cartelera. Por lo tanto, se vulnera el derecho de disfrute de vacaciones de las y los trabajadores, ya negociado con la Dirección y aceptado por la misma.

Es por ello por lo que consideramos que esta medida tiene una motivación coercitiva, puesto que se produce tras la presentación el pasado viernes 24 de julio de un escrito por parte de los facultativos del Servicio de Medicina Interna, en el que mostraban su malestar por las constantes faltas de sustitución. ELA se hizo eco de sus reivindicaciones y en diversos medios de comunicación la noticia ha tenido su repercusión.

Es evidente que esto es una medida coercitiva para que el personal de esta sección del hospital deje de mostrar públicamente su malestar por las cargas de trabajo que deben soportar debido a las carencias del hospital en materia de recursos humanos.

ELA muestra sus total rechazo a esta medida con motivaciones coercitivas y contraria a derecho, y exige a la Dirección que rectifique y ceje en su empeño de continuar con los recortes en materia de sustituciones, al tiempo que le recuerda que tales medidas son contrarias al compromiso de Osakidetza de mantener una dotación ajustada en plantilla, con el objetivo de dar una cobertura mínima a las necesidades generadas en las unidades.