ELA firma un acuerdo marco para el sector del comercio que blinda los convenios provinciales

25/11/2015
ELA, que tiene mayoría absoluta en el ámbito del comercio de la CAPV, ha suscrito un acuerdo con la patronal del comercio que supone blindar y dar prioridad a los convenios provinciales del sector del comercio de la CAPV frente a los convenios y acuerdos marco estatales.

En el ámbito del estado la patronal española y los sindicatos CCOO y UGT, en su afán centralizador de la negociación colectiva, están impulsando acuerdos y convenios estatales que pretenden, mediante la reserva de la negociación de materias en exclusiva en el ámbito estatal, dejar sin contenidos a negociar en los convenios provinciales de cada sector. Imponen condiciones y salarios de miseria desde el estado en ámbitos donde los sindicatos estatales son minoritarios. Tenemos numerosos ejemplos de esta práctica: metal, construcción, limpieza, hostelería, comercio droguerías, convenio de restauración, entre otros.

Ante la amenaza de que en el comercio suceda lo mismo, ELA y la patronal de Comercio sucribieron el pasado mes de julio un preacuerdo en el ámbito de la CAPV, que ahora se ha elevado a acuerdo definitivo y pretende otorgar prioridad a los convenios provinciales y a las materias recogidas en ellos, con el fin de que patronal y sindicatos estatales no usurpen materias de negociación a los trabajadores y trabajadoras de la CAPV.

Por otro lado, ELA y la patronal de comercio han suscrito el convenio colectivo para el comercio textil de Bizkaia, cuyo preacuerdo también había sido suscrito en julio.

Entre otras materias, el convenio contempla

  • Vigencia del convenio: 1 de enero de 2009 - 31 de diciembre de 2015

  • Cláusulas antirreforma que se concretan en:

    • Ultractividad que en la práctica sería indefinida, salvo en el supuesto de que existiera un convenio de ámbito de CAPV u otro que lo sustituya; en ese caso se limitaría a 36 meses. Además, se blinda frente a la injerencia de futuros convenios estatales.

    • Blindaje frente a la inaplicación del convenio. El sometimiento a todo tipo de arbitraje u Orpricce requiere del acuerdo de la mayoría de cada parte.

    • Limitación de la flexibilidad.

  • Incrementos salariales para todos los años de vigencia del convenio.

  • Establecimiento de un plus de 6 euros/hora para aquellas personas que trabajen en régimen de turnos y a partir de las 20:30 horas.

  • Regulación de los contratos a tiempo parcial, estableciendo como jornada mínima para los contratos 20 horas a la semana y consolidación de parte de las horas complementarias realizadas.

  • Resto de condiciones: descanso sábados tarde de verano, antigüedad, ITs... se mantienen las recogidas en convenios anteriores.

  • 4 sábados de libranza al año.

ELA valora muy positivamente el acuerdo alcanzado tras años de lucha en el sector. Un convenio que, a diferencia de los suscritos en ámbitos de comercio donde ELA no es mayoría absoluta (alimentación y comercio en general), el resto de organizaciones han firmado elementos regresivos (congelación salarial, congelación en antigüedad). ELA felicita a su militancia por la labor realizada en las elecciones sindicales, en las que el sindicato ha revalidado su mayoría absoluta.