ELA gana una sentencia que reconoce el derecho a la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante en una familia monoparental

15/02/2022
Gracias a una sentencia ganada por ELA, una trabajadora que había formado una familia monoparental percibirá, por primera vez, la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, prestación que le había sido denegada por la Seguridad Social.

Se trata de una sentencia pionera. Y es que, desde marzo de 2019, la Ley (art. 183 LGSS) reconoce que a partir de los nueve hasta los doce meses,si ambos progenitores reducen media hora al día su jornada por lactancia, uno de los los dos tiene derecho a recibir una prestación económica del 100% de la base reguladora, en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo (media hora), por lo que éste verá compensado la pérdida económica que le supone reducir su jornada laboral.

Eso sí, para poder cobrar la prestación, le ley exige que ambos progenitores reduzcan su jornada media hora, es decir, no es suficiente con que uno de los dos lo haga. Así, a las familias monoparentales en las que sólo existe un padre o una madre, se les niega el derecho a cobrar dicha prestación, alegando que el requisito es que ambos progenitores reduzcan su su jornada. Sin embargo, gracias a esta sentencia, el Juzgado de lo Social n.º 2 de Bilbao obliga a la Seguridad Social a conceder dicha prestación a una trabajadora que había formado una familia monoparental, para evitar la discriminación del o la menor respecto a los hijos de familias biparentales, y la de la propia progenitora.

 

 

La justicia reconoce que denegar la prestación a la familia monoparental conculca el derecho de los menores que tengan un solo progenitor a recibir el mismo cuidado y atención que los hijos de familias biparentales, y quiebra el principio de igualdad.

Esta sentencia es novedosa y sigue la doctrina de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 6-10-20,y la nueva sentencia del TSJPV de 8/2/22, también ganadas por ELA. Aquella sentencia declaraba que en una familia monoparental, denegar a la trabajadora el derecho a la prestación de las semanas adicionales del segundo progenitor (semanas que le corresponden por nacimiento y cuidado de hijo o hija) discrimina al o la menor y, de forma indirecta, a la mujer.