Permisos parentales de 16 semanas: avance sí, pero no se resuelve la crisis de los cuidados

31/10/2019
Hoy 31 de octubre de de 2019 se ha publicado en el BOPV el DECRETO 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral.El permiso de paternidad deberá disfrutarse en los doce meses inmediatamente posteriores al nacimiento y en un periodo distinto al del disfrute de la maternidad. La medida será también de aplicación a las familias monoparentales/monomarentales: 14 días extraordinarios que se podrían añadir a las 16 semanas . No podrán disfrutar de estas excedencias las familias que lleven a sus hijos o hijas a centros de educación infantil y finalmente, aunque la consejera de empleo propusiera lo contrario en un inicio, sí lo podrán hacer quienes tengan contratadas empleadas de hogar.

Este Decreto, entre otras medidas, recoge que en la CAPV las personas trabajadoras por cuenta ajena, las personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas podrán equiparar los períodos temporales disfrutados en los subsidios contributivos por nacimiento y cuidado teniendo derecho a un período de igual duración –16 semanas– intransferible, remunerado y no coincidente en el tiempo.

Con esta medida transitoria derivada del Real Decreto-ley 6/2019, el cual establece que para el año 2021 los permisos parentales deben equipararse en el Estado, el permiso parental actualmente de ocho semanas cubierto por la Seguridad Social se podrá ampliar hasta las 16 semanas solicitando una excedencia laboral voluntaria y retribuida al 100% por Lakua abonada ésta en concepto de ayuda y con un coste total de 25 millones de euros.

El permiso de paternidad deberá disfrutarse en los doce meses inmediatamente posteriores al nacimiento y en un periodo distinto al del disfrute de la maternidad. La medida será también de aplicación a las familias monoparentales/monomarentales: 14 días extraordinarios que se podrían añadir a las 16 semanas . No podrán disfrutar de estas excedencias las familias que lleven a sus hijos o hijas a centros de educación infantil y finalmente, aunque la consejera de empleo propusiera lo contrario en un inicio, sí lo podrán hacer quienes tengan contratadas empleadas de hogar.

El Decreto fija asimismo otras limitaciones para percibir dicha ayuda. Por ejemplo, no se subvencionarán las excedencias cuando la otra persona progenitora, la no solicitante en caso de haberla, se encuentre en situación de reducción de jornada o tenga un contrato a tiempo parcial de un porcentaje inferior al 50% de la jornada.

Desde el sindicato ELA reconocemos la medida y en particular, el carácter de la intransferibilidad de la misma. En un principio, esta medida puede contribuir a modificar imaginarios y a apostar por otro modelo de familias en donde mujeres y hombres puedan ser cuidadores/as y sustentadores/as a la vez. Incluso reconociendo que esta medida posibilita un paso más en el camino hacia la corresponsabilidad de los cuidados y que se trata de una medida que se va introduciendo cada vez más en la negociación colectiva, presenta también unos límites.

Por un lado, tememos que la aprobación de esta medida derive en una campaña mediática y publicitaria por parte de las instituciones públicas vascas presentado los permisos parentales de dieciséis semanas como la medida estrella para atajar la brecha estructural de género existente en la asunción y reparto de los trabajos de cuidado.

Todo ello puede contribuir a fomentar una igualdad formal institucional plasmada en leyes y/o decretos, lo cual es correcto. Pero resaltamos más si cabe, la importancia de reconocer sus límites y relativizar su efectividad teniendo en cuenta que estamos hablando de la reorganización del sistema público de cuidados que a día de hoy presenta grandes carencias.

La crisis de los cuidados, subyacente a la base de nuestro sistema, no está en el centro de la agenda política ni económica de los poderes públicos ni privados. Medidas individuales como los permisos parentales no pueden desviar el debate de fondo que nos lleva a la reivindicación de una infraestructura pública e integral de los cuidados. Por ejemplo, a día de hoy detectamos grandes carencias en lo que respecta a la cobertura pública en la cobertura de cuidados de cero a tres años.

A su vez, advertimos que la población que podrá acceder a esta medida será una población asalariada concreta y de una condición socio económica determinada: ¿quién puede estar sin salario dieciséis semanas?. En este sentido, el empleo sigue siendo la primera fuente de obtención de derechos sociales básicos y en donde gran parte de la población asalariada y sobre todo no asalariada queda excluida.

Igualmente, se puede abrir una brecha clara entre las/os trabajadoras/es del sector público y el sector privado. Recordad que la duración de los permisos parentales del personal funcionario de la administración pública de la CAPV es de dieciocho semanas.

No podemos dejar de recordar que no ha habido ninguna participación social y política por parte de los agentes sociales como los sindicatos o el propio movimiento feminista a la hora de consultar y/o elaborar esta medida.