COVID persistente: cuando te contagias en el trabajo, pero no se considera enfermedad laboral

30/09/2022
Bajo el lema `COVID persistente y mundo laboral. Análisis de la situación y posibilidades jurídicas´, la Fundación Bidelagun -entidad creada por ELA para dar una respuesta especializada a la siniestralidad laboral y a las enfermedades profesionales- han tratado de arrojar luz sobre las posibilidades de hacer frente en el mundo laboral a esta dolencia. En una charla en Bilbao, han desgranado los pormenores de una enfermedad que, a pesar de afectar a muchas personas, aún se desconocen las causas. La COVID persistente se ha convertido en un grave problema para muchas personas trabajadoras.

Se trata de una enfermedad aún desconocida, sus consecuencias no están suficientemente estudiadas y carece de un reconocimiento adecuado. Además, tiene una doble relación con el mundo laboral: por un lado, muchas personas enfermaron en el trabajo -especialmente en los sectores relacionados con el cuidado, la salud y el comercio-; por otro lado, quienes sufren COVID persistente tienen serios problemas para que se les reconozca como enfermedad profesional y para que se les reconozcan otras discapacidades permanentes.

En la charla, que ha tenido lugar en Arrupe Etxea de Bilbao, han participado Félix Zubia (jefe de la UCI de Donostia y profesor de la UPV); Isabelle Delgado (presidenta de la asociación Long Covi); Izaro Mujika (técnica Superior de Salud Laboral en ELA); Cristóbal Molina (Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Jaén); e Ainhoa Ordorika  (miembro de la Fundación Bidelagun).

Félix Zubia, médico de referencia durante la pandemia, ha abierto el debate explicando que considera COVID persistente cuando las dolencias se prolongan durante más de 12 semanas, una realidad más común de lo que parece. Zubia ha aportado datos que lo corroboran: en Navarra, un 62% de la población ha tenido COVID-19; entre las personas menores de 30 años, el 80%. La incidencia es mayor entre las mujeres: el 60% asegura que sufre cansancio, mientras que el 40% tiene dificultades respiratorias. En el Reino Unido, el 9,9% de las personas afectadas por el virus actualmente padece secuelas.

En lo que a lo síntomas se refiere, Zubia ha afirmado que pueden aparecer síntomas neurológicos como dificultad para concentrarse o para conciliar el sueño, cansancio –en el 60% de los casos-, ansiedad o depresión, así como perdida del olfato y problemas de corazón y estómago. Aún así, Zubia confiesa que se desconocen las causas y plantea una pregunta: ¿estos síntomas son sólo consecuencia del virus, o tal vez también afectan factores sociales generados en la pandemia como el aislamiento, el estrés, o el miedo? Recuerda que poco se sabe sobre el tratamiento para tratar estas dolencias

“Son dolencias que dificultan la planificación del día a día”, ha añadido Isabelle Delgado. Ha asegurado que algunos pacientes han llegado a estar hasta 53 días consecutivos con dolor de cabeza. “En el confinamiento comenzó nuestra pesadilla, y aún continúa”, lamenta. Delgado muestra su preocupación ante la falta de información. “Hay muchos problemas neurológicos, pero la medicina aún no ha encontrado la solución”.

Izaro Mujika, por su parte, ha expuesto los problemas del personal en el día a día.

Ainhoa Ordorika, durante 15 años abogada de ELA y actualmente y en la Fundación Bidelagun, se ha centrado en las consecuencias de la COVID persistente en el mundo laboral y ha planteado cómo afrontarlas. En primer lugar, ha recordado que muchas de las personas trabajadoras que fueron nombradas esenciales y por ende, se vieron obligadas a acudir a sus puestos de trabajo, se contagiaron en su lugar de trabajo. Sin embargo, y a pesar de que el contagio se produjera en el centro de trabajo, las instituciones lo trataron como enfermedad común.

Precisamente ha sido Cristóbal Molina el encargado de analizar las vías para el reconocimiento de la COVID persistente como enfermedad laboral. Ha explicado que la OIT ya considera la condición de salud como derecho fundamental. “Esta es la gran oportunidad para la defensa de los y las trabajadoras en este asunto”, ha remarcado. ¿Pero cómo podemos probar que la COVID-19 se contrae en el trabajo? Molina ha dado las claves.

“Al estar en juego un derecho fundamental se invierte la carga de la prueba. Es decir, con sólo aportar un indicio ha de ser la empresa la que pruebe que el contagio no se produce en el trabajo. Hay que probar que hemos estado en contacto con el virus y que presentamos su sintomatología”, afirma.

Ha subrayado que la COVID-19 tiene una clara dimensión constitucional y tiene afectación en materia de derechos fundamentales, derecho a la salud, y a la no discriminación. Asimismo, ha añadido que, en su vertiente jurídica, tiene también una dimensión de género, y al igual que el resto de enfermedades, un sesgo de clase.

“La labor de las abogadas es movernos jurídicamente en ese contexto a la hora de hacer una demanda”, ha concluido.