HOSTELERÍA DE BIZKAIA
LAB, CCOO y UGT abren la puerta a los contratos fijos discontinuos a tiempo parcial con la firma del preacuerdo

La reforma laboral trajo consigo la proliferación de la figura del contrato fijo discontinuo. Cabe destacar que la modalidad de fijo discontinuo a tiempo parcial debe ser acordada en convenios de ámbito sectorial. Es decir, que las partes negociadoras deben acordar incluir esta modalidad contractual en el convenio. De lo contrario, no se podrían celebrar. Se trata de un contrato precario para regular jornadas intermitentes y parciales. ELA cree que es un error permitir y extender este tipo de contratos en el sector.
Añadir a las jornadas parciales que puedan ser además fijas discontinuas significa darle carta blanca a las empresas para que puedan disponer/llamar a las personas trabajadoras que quieran para realizar jornadas de 4 o 5 horas diarias y de manera intermitente, por ejemplo. Además, la persona trabajadora debería estar a disposición para la empresa a la hora del llamamiento. Todo ello en un sector totalmente feminizado, que afectará especialmente a colectivos como las trabajadoras de camarera de pisos.
ELA lamenta el acuerdo alcanzado, ya que se podría haber evitado la firma con un convenio digno para el sector.