UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de las reducciones que impuso la UPV en materia de jubilaciones

16/10/2024
En octubre de 2023 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dio la razón a ELA y declaró que se debían recuperar tanto la jubilación parcial como las condiciones para reducir la jornada laboral recogidas en los acuerdos de jubilación derogados por el equipo rectoral en 2022. El Tribunal Supremo confirma esta sentencia

El 20 de octubre de 2022 el equipo rectoral ejecutó uno de los mayores recortes de los últimos años; unilateralmente, con la excusa de las primas de jubilación, suspendió los acuerdos de jubilación vigentes desde 2015, imponiendo nuevas condiciones de jubilación que suponían una gran pérdida de derechos.

Ante aquellos hechos ELA impulsó la acción sindical y emprendió la vía judicial. El TSJPV dio la razón a ELA y declaró en sentencia que "los acuerdos de 2025 estaban plenamente vigentes" y que "no se daban las condiciones para que las administraciones procedieran a su suspensión o modificación unilateral". Por tanto, la sentencia señaló que los acuerdos de 2015 estaban vigentes (con la excepción de los contenidos relativos a las primas de jubilación), salvo que se produjera otro acuerdo.

El equipo rectoral, dejando clara su voluntad restrictiva, no dio por buena esta sentencia y la recurrió ante el Tribunal Supremo de Madrid. ELA también recurrió la eliminación de las primas para los trabajadores laborales y las primas por incapacidad. El Tribunal Supremo no ha admitido estos recursos, por lo que la sentencia del TSJPV es firme.

Durante este periodo, en junio de este año, el equipo rectoral y el resto de sindicatos firmaron los nuevos acuerdos de jubilación. ELA no suscribió estos acuerdos al considerar que quedaban excluidos algunos contenidos básicos y que, en algunos casos, se restringían los derechos previstos en los acuerdos de 2015. ELA considera que no hubo suficiente impulso por parte de otros sindicatos para conseguir más y mejores contenidos en aquellas negociaciones. Una vez conseguido un acuerdo de mínimos, contenidos por temor a la pérdida, dieron por bueno un recorte de derechos y abrieron la posibilidad a la administración de anular el acuerdo en cualquier momento.

Lamentablemente, el camino que fijó la sentencia para restablecer el acuerdo de 2015 lo ha cerrado la firma del resto de sindicatos. Tal y como manifestamos en junio, ELA considera que esta sentencia favorable y la dinámica de huelga del pasado curso reforzaban la posición de los trabajadores para negociar los contenidos más beneficiosos posibles. Pero, para conseguirlo había que haber mantenido el pulso.

ELA va a seguir construyendo y potenciando la fuerza de los y las trabajadoras; estamos convencidos y convencidas de que esta es la única vía para condicionar futuros acuerdos, obligar a cambiar la voluntad de la administración y conseguir contenidos reales.