ELA defiende en los tribunales la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva en ikastolas
El pasado 2 de diciembre reunidos en la mesa negociadora del convenio de ikastolas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y el 3 de diciembre en la comisión paritaria, Partaide, EIB y LAB firmaron los acuerdos que modificaban el convenio de sector vigente hasta el momento. Los acuerdos daban forma a los contenidos pactados por Partaide, EIB y LAB el 26 de noviembre y concretaban su estructuración y desarrollo.
ELA criticó con dureza, tanto en el momento de la firma como más tarde, los contenidos del acuerdo al entender básicamente que daban carta de legalidad a los recortes que se venían imponiendo hasta el momento y los tribunales habían declarado ilegales, y porque ligaba las condiciones laborales del convenio directamente a la financiación pública (leer la valoración completa de ELA respecto a los contenidos del acuerdo)
No obstante, más allá de los contenidos, para dar forma a los contenidos acordados, Partaide, EIB y LAB no pactaron un nuevo convenio, sino que optaron por la modificación del convenio vigente en algunos de sus apartados. Entre otros los siguientes:
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La Comisión Interpretativa Mixta del Convenio formada únicamente por los firmantes del convenio pasa a ser Comisión Paritaria y se le dota de funciones negociadoras, exclusivas de la mesa negociadora del convenio, y por tanto correspondientes a todas las partes con representación suficiente en el sector.
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Por ejemplo, se posibilita a la Comisión Paritaria (únicamente a los firmantes del convenio) modificar cualquier punto del convenio caso de producirse cambios legislativos que afecten a sus contenidos (artículo 9 punto 5 del convenio modificado).
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El artículo 49 del convenio modificado pone a disposición de la Comisión Paritaria (nuevamente en manos únicamente de los firmantes del convenio) acordar las medidas para hacer frente a las dificultades para pagar los salarios como consecuencia del recorte en la financiación pública. Es decir, tal y como se hace el 3 de diciembre, deja en manos de la comisión paritaria el descuelgue sobre las tablas salariales y de este modo dar cobertura legal a los recortes. Todo ello, tanto para el presente como para el futuro.
¿Qué significa esto? El recurso a los tribunales para defender el derecho a la negociación colectiva y a la libertad sindical
A pesar de que los contenidos son valorados negativamente, en la medida en que están acordados por la mayoría de cada parte y se desarrollen de manera adecuada, a ELA no le queda otro remedio que aceptarlos.
Por ello, si el sindicato a llevado adelante la demanda ha sido porque entiende que tanto el procedimiento como la estructura jurídica que se le ha dado al acuerdo atentan contra la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, ya sea ahora como en el futuro.
Los cambios introducidos en el convenio legitiman a la Comisión Paritaria, formada exclusivamente por los firmantes del convenio, a negociar cuestiones, tales como los salarios, que corresponden exclusivamente a la mesa negociadora y, por tanto, a todas las partes con representación suficiente en el sector. Es decir, que en la medida en que no sean firmantes del convenio -caso de ELA-, se impide a las partes que tienen representación en el sector su derecho a negociar sobre cuestiones fundamentales de la negociación colectiva, atentando contra la libertad sindical.
Como consecuencia, tanto en el presente como en el futuro, la Comisión Paritaria podrá negociar y acordar cuestiones salariales u otros contenidos fundamentales de negociación colectiva sin contar con ELA que representa al 39% del sector.
Ante semejante ataque contra derechos fundamentales, ELA no ha tenido otro remedio que acudir a la justicia con el fin de defender la libertad sindical y el derecho a la libertad sindical en la negociación colectiva del sector de ikastolas.
Actitud y ofensiva inaceptable de LAB
Ante esta situación ELA considera inaceptable la actitud que está adoptando LAB y la ofensiva que está lanzando contra ELA.
Teniendo en cuenta los contenidos acordados resulta incomprensible o una tomadura de pelo hablar del mantenimiento de la ultraactividad del convenio, del blindaje frente a la reforma laboral, evitar los descuelgues o inaplicaciones unilaterales, o de fomentar el carácter participativo de las ikastolas.
Y por si esto fura poco, LAB ha decidido atacar a ELA criminalizando la denuncia y su derecho a defender la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva. Para ello trata de deslegitimar la verdadera razón de la demanda judicial de ELA tratando de mezclarla con la critica política que el sindicato hace sobre los contenidos del acuerdo.
Por último, es igualmente grave tratar de poner este acuerdo como ejemplo de toda la enseñanza concertada, más si cabe cuando en los centros de Iniciativa Social (Kristau Eskola y AICE) estamos luchando por el mantenimiento y la aplicación íntegra del convenio 2008-09, sin las renuncias que LAB a acordado con Partaide.