Canosos 2015

Se reintegran los días de antigüedad desde el 2015
Hoy día 24 de noviembre de 2015 el Departamento de Seguridad ha procedido a la publicación de la Orden de la Consejera de Seguridad por la que se nos reintegran los días de antigüedad desde el 2015. Para solicitud y concesión es de aplicación el Art. 53 del decreto 4/2012. Los de este año se pueden disfrutar hasta el 31 de enero de 2017.
Recordaros que en función de la antigüedad reflejada en nómina, los días de permiso que corresponden son:
Con 18 años de antigüedad 2 días
Con 24 años de antigüedad 3 días
Con 27 años de antigüedad 4 días
Con 30 años de antigüedad 5 días
Con 33 años de antigüedad 6 días (...y así sucesivamente)
(Ver Orden de la Consejera de Seguridad)
Artículo 53.– Permiso por antigüedad.
Se tendrá derecho al disfrute de dos días de permiso al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
El disfrute de estos días se producirá a lo largo del año en que este hecho se produzca.
Cuando en un régimen horario hubiera diversidad de tipos de jornada, será concedido estepermiso, de forma que se incluya el mismo número de días de los distintos tipos de jornada, en
la medida que permita el número de los días a que se tiene derecho a disfrutar, salvo que, fuerasolicitado el disfrute de un mayor número de días con menor jornada de trabajo planificada.
La solicitud del disfrute de estos días y la resolución de las mismas habrán de ser realizados enlos plazos establecidos para el disfrute de vacaciones. La concesión del disfrute de estos días depermiso se encuentra supeditada a las necesidades del servicio dentro del porcentaje existentepara vacaciones y días por asuntos particulares, siendo resueltas tras la concesión de ambos.