Curso CIC: incluido en RPT

Curso CIC: incluido en RPT
Publicada Orden de 11 de octubre de 2012, que modifica la RPT incluyendo el requisito CIC, al considerar el Departamento que se han observado los trámites legales exigibles.

Dispone:

1.- ...el Consejo Rector de la APPV, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, aprobó la adecuación de las especialidades CICG I y CICG II, configurando una especialidad CIC (Curso de Investigación Criminal), cuyo programa formativo ha sido aprobado por el citado Consejo con fecha 03-10-2012.

2.- El Curso de Investigación Criminal (CIC) proveniente de la adecuación de CICG I y CICG II, y que por tanto se configura como el curso de acceso a la especialidad de Investigación, se asigna a los puestos de trabajo que a la fecha de entrada en vigor de esta Orden tengan prevista la especialidad CICG I y CICG II, de manera que para el desempeño de los mismos se entenderá cumplido el requisito de especialidad por quienes acrediten CICG I o CIC, y CICG II o CIC, respectivamente. En anexo I se aprueban las adecuaciones relacionadas con dicha asignación.

3.- En cuanto a la sujeción de mínima permanencia y su cómputo, derivados de la acreditación del CIC, se aplicarán las mismas reglas que las previstas para las especialidades CICG I y CICIG II. (En la RPT no se indica la mínima permanencia. En convocatorias de cursos CICG anteriores eran 10 años).

(Ver RPT en apartado: Temas administrativos)