Plus CICG 22ª promoción

12/02/2013
Reconocido por Sentencia el derecho de un agente funcionario en prácticas (22 promoción), que desempeñaba sus funciones es un puesto de investigación, a ser retribuido conforme al Complemento Específico Singular que estos puestos tienen asignados

El personal que manifieste una plena disposición a realizar funciones aún cuando éstas no hubieren sido formalmente atribuidas ha de ser retribuido conforme al puesto que desempeña.

Tras Recurso Contencioso presentado por los servicios jurídicos de ELA, un Juzgado Contencioso Administrativo de Bilbao ha dictado Sentencia reconociendo el derecho de un agente funcionario en práctica (22 promoción), que desempeñaba sus funciones es un puesto de investigación, a ser retribuido conforme al Complemento Específico Singular que estos puestos tienen asignados, siendo indiferente que tuviera o no concedida formalmente Comisión de Servicios por la Dirección de RRHH.

Quienes se encuentren en dicha situación y estén interesados en reclamar las cantidades (1.203 € anuales) pueden ponerse en contacto con los representantes de ELA Ertzaintza para gestionar dicha reclamación.