Una sentencia constata que Novaltia vulnera el derecho de huelga

11/10/2021
El Juzgado de lo Social nº7 de Bilbao da la razón a ELA -el sindicato recurrió diversas modificaciones de condiciones de trabajo realizadas por Novaltia en marzo de 2021- y concluye que Novaltia vulnera el derecho a la huelga de la plantilla, al modificar los horarios de sus trabajadores y trabajadores.

La plantilla de Novaltia lleva más de 2 años en huelga por mejorar sus precarias condiciones de trabajo (salarios por debajo de 1.000 euros). Sin embargo, la empresa se niega a abrir un espacio de negociación real con el comité de huelga, mientras trata de obstaculizar la huelga.

En este sentido, ELA presentó una demanda contra Novaltia por tres modificaciones de condiciones de trabajo llevadas a efecto por la cooperativa en marzo de 2021. La sentencia, que da la razón al sindicato, reconoce que la modificación de horarios supone vulnerar el derecho fundamental de huelga, por lo que declara nulas dos de las modificaciones realizadas por la empresa.

En cuanto al Premio Extraordinario mensual para los trabajadores que no secunden la huelga, -300 euros al mes desde el inicio de la huelga (verano 2019) hasta el 31 de diciembre de 2020-, el juzgado no entra en el fondo de la cuestión, ya que considera que ello obedece a otro tipo de procedimiento. Sin embargo, ELA no descarta la posibilidad de interponer otra demanda al respecto.

El sindicato celebra la sentencia y exige a la dirección de Novaltia que se siente a negociar un convenio que garantice un salario y unas condiciones de trabajo dignas.