Osasunbidea
ELA logra una sentencia que condena al ente público por dejar indefensa a una trabajadora que sufrió una agresión sexual

ELA, a través de Bidelagun Fundazioa, ha logrado una sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Iruña en la que se condena a Osasunbidea y a una de sus empresas subcontratadas a abonar un recargo del 30% en las prestaciones a una trabajadora que sufrió una agresión sexual en el Hospital de Navarra, en septiembre de 2022. El sindicato, y su fundación especializada en riesgos laborales, destacan que esta sentencia “demuestra que la Administración es responsable de los incumplimientos que cometan sus empresas subcontratadas, por lo que la precariedad y la indefensión en riesgos laborales cae directamente dentro de la esfera del Gobierno de Navarra y del Departamento de Salud, en este caso, por mucho que externalicen numerosas actividades con el fin de abaratar costes, siempre en detrimento de la plantilla”.
Además, ELA y Bidelagun Fundazioa denuncian la “extrema precariedad y alta exposición al riesgo de las mujeres que trabajan en dicho tipo de subcontratas, lo que evidencia una brecha de género ya de por sí grave en lo que respecta a los salarios, pero aún más alarmante en lo referido a las medidas de seguridad”. Hay que tener en cuenta que la víctima de dicha agresión sexual, así como sus compañeras, carecían de vestuarios o de otras dependencias donde cambiarse de ropa con seguridad.
Cabe recordar que dicha trabajadora fue víctima de una agresión sexual al término de su jornada en el Hospital de Navarra el 1 de septiembre de 2022, y desde entonces, además de las secuelas físicas, la víctima presenta un trastorno de estrés postraumático y sintomatología ansioso-depresiva. La resolución judicial condena de manera solidaria tanto a la empresa que empleaba a la trabajadora, como al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, ya que ambas incumplieron el RD 486/97 de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, por la inexistencia de vestuarios, lavabos y retretes para la plantilla, y no habían evaluado el riesgo de violencia externa.
La sentencia subraya que la agresión sexual se produce en el interior de las instalaciones titularidad del SNS-Osasunbidea, “competiendo a ésta su deber de conservación y hallándose éstas en estado defectuoso”, que no cumplían los requerimientos legales.
ELA y Bidelagun Fundazioa destacan que esta sentencia abre la vía para reclamar futuras indemnizaciones por responsabilidad civil, y al mismo tiempo se reafirman en la necesidad de luchar con perspectiva de género contra la siniestralidad laboral.