Compatibilidad laboral del personal de la administración

14/10/2014
Todo trabajador o trabajadora de la Administración Pública, bien de jornada completa o reducida, deberá notificar su situación al Departamento de Educación del Gobierno Vasco

Hasta el momento, la Administración no ha actuado con rigurosidad con los trabajadores públicos que disponían de más de un contrato, tanto en reducida como completa. Sin embargo, éste último año, el Gobierno Vasco está enviando notificaciones en las que solicita a est@s trabajad@res que regulen su situación. La notificación menciona el art. 74 de la Ley de Función Pública Vasca:

“El desempeño de un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público o privado requerirá, en todo caso, la previa y expresa autorización de compatibilidad, que únicamente se otorgará en los casos previstos en la vigente legislación y conforme al procedimiento que reglamentariamente se determine.”

Por lo tanto, tod@ trabajad@r, reciba dicha notificación o no, deberá regular su situación mediante la solicitud de compatibilidad.

La Ley de Incompatibilidad de 1984 es restrictiva y sólo comtempla la compatibilidad laboral en los siguentes supuestos: las actividades dedicadas a la investigación en ámbito universitario y/o sanitario así como en el sector público cultural.

Si una vez formalizada la solicitud resultase desestimatoria, será obligatorio el cese de uno de los contratos, y en caso de no presentar la solicitud requerida, la ley contempla la posibilidad de abrir expedientes disciplinarios o castigos contemplados como falta muy grave según el art.82 de la Ley de Función Pública:

“El incumplimiento de las obligaciones y deberes propios de los funcionarios constituirá falta y dará lugar a las sanciones previstas en esta ley.”

Desde la recepción de dicha notificación, existe un plazo de 15 días para aclarar al Departamento la razón por la cual figura de alta en el código de cuenta de cotización de otra empresa.

En caso de duda ponte en contacto con nosotr@s.

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