La Justicia vuelve a condenar a Novaltia, esta vez por vulnerar la libertad sindical en materia de derecho a la información

ELA valora muy positivamente esta sentencia, que no solo permitirá al comité de empresa acceder a una documentación que hasta ahora le había sido negada en el marco de un conflicto que dura más de 1000 días -información muy relevante para conocer la real situación financiera de la empresa- sino que también amplia a nivel jurisprudencial los derechos de información del sindicato para la defensa y promoción de los intereses de las personas trabajadoras. La resolución también tiene en cuenta la existencia de varias sentencias de la Sala de lo Social en relación a la huelga de Novaltia, todas ellas condenatorias por vulnerar el derecho de huelga.
En el año 2021 el comité de huelga solicitó a la empresa una documentación muy amplia, relevante y relacionada con una huelga que ya cumple más de 1.000 días. La empresa se negó y ELA recurrió esa decisión en primera instancia, pero el juzgado de lo social no estimó la demanda. Sin embargo, esta semana el Tribunal Superior ha aceptado el recurso de ELA y ha condenado a Novaltia a facilitar al comité de empresa una amplia documentación, que se entiende sustancial, y se relaciona con la negociación colectiva y la huelga en la empresa.
La sentencia señala que “la documentación económica requerida es muy relevante para conocer la real situación financiera de la empresa, habida cuenta de las pretensiones deducidas en la huelga por parte de la plantilla. Asimismo, lo es el conocimiento de las retribuciones de todo el personal, en los términos solicitados, dado que una de las reivindicaciones es, precisamente, la de elevar los salarios más bajos, lo que exige conocer todo el panorama retributivo de la demandada”, información que la empresa se niega a desvelar.