El INSS reconoce un recargo en las prestaciones de la viuda de un ex-trabajador de Luzuriaga por entender que falleció debido a la exposición a amianto

22/07/2021
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha reconocido un recargo de prestaciones del 40% a cargo de la empresa Fagor Ederlan Tafalla en la pensión de viudedad de la esposa de un ext-rabajador de Victorio Luzuriaga fallecido a consecuencia de un cáncer de pulmón producido por la exposición a amianto sin las necesarias medidas de seguridad. Inicialmente, el INSS había denegado a la viuda del trabajador el recargo de prestaciones. Sin embargo, ahora tiene en cuenta las alegaciones formuladas por los servicios jurídicos de ELA.

El fallecido trabajó desde 1974 hasta su jubilación en la planta de Victorio Luzuriaga, en Tafalla, estando expuesto al amianto en sus cometidos habituales. Si bien de modo incomprensible tanto la Inspección de Trabajo como el INSS denegaron inicialmente la solicitud de recargo de prestaciones a la viuda del trabajador, lo cierto es que el Informe del ISPLN del Gobierno de Navarra era contundente en cuanto al origen del cáncer padecido por el trabajador, al indicar textualmente que “queda documentado que el trabajador ha estado profesionalmente expuesto a amianto al realizar las tareas propias de su puesto” y que el carcinoma padecido por el trabajador “es una patología directamente relacionada con la exposición al amianto y así está reconocida en el vigente cuadro de enfermedades profesionales (RD 1299/2006), código 6A0601: Neoplasia Maligna de bronquio y pulmón (…)”.

Frente a la resolución inicial del INSS que denegó la solicitud de recargo, los servicios jurídicos de ELA formularon alegaciones, en virtud de las cuales tanto la ITSS como el propio INSS modifican ahora su criterio, reconociéndose así, en resolución de 20 de julio, “la ausencia de medidas preventivas en materia de amianto” y “declarando en consecuencia la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo citado sean incrementadas en en el 40%” a cargo de la empresa Fagor Ederlan Tafalla S Coop, empresa sucesora de Victorio Luzuriaga.

ELA insiste en que éste no es un caso aislado en la citada empresa. En el mes de diciembre de 2020 el Juzgado de lo Social nº 1 de Iruña condenó a la misma empresa en otro procedimiento por recargo de prestaciones. En la sentencia dictada en ese procedimiento ya quedó acreditada la inexistencia de evaluaciones de riesgos (las primeras se realizaron en 2004), la falta de formación e información a los trabajadores con respecto a los riesgos que entrañaba el amianto, así como que se empleaban mascarillas de papel no válidas para ambientes pulvígenos con fibras de asbesto.

El sindicato destaca también el hecho de que las Enfermedades Profesionales derivadas del contacto con amianto son un fenómeno creciente y de dimensiones casi pandémicas, derivado todo ello de un insuficiente control público y de la falta más absoluta de medidas de seguridad por parte de las empresas durante el pasado siglo XX.

Por otro lado, dado que el período de latencia de este tipo de patologías -casi todas ellas cancerígenas- es de aproximadamente 30 años, estamos ante un fenómeno que tiende a invisibilizarse y a no ser conectado con el ambiente laboral, por lo que ELA estima que debe ser una prioridad política y social hacer frente a este grave problema de salud laboral poniendo medios y el foco de atención en la prevención y los controles a fin de poder detectar a tiempo estas patologías y dar respuesta a las graves consecuencias que producen en los afectados y sus familias.