ELA gana la primera sentencia de la CAPV que iguala las indemnizaciones para fijos y temporales

19/10/2016
Ayer, 18 de octubre, el TSJPV dictó la primera sentencia que aclara cuál va a ser la interpretación de este tribunal respecto a las recientes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo en el tema indemnizatorio, adoptando la interpretación más favorable para los intereses de la clase trabajadora: Establece una indemnización de 20 días por año trabajado para una empleada de la empresa BIOEFF cuyo caso ha llevado el sindicato ELA.

El máximo órgano judicial de la CAPV hace suya la tesis de los tribunales europeos estimando que no puede existir discriminación en la indemnizazión que tienen que cobrar los trabajadores y trabajadoras al finalizar su relación laboral por el mero hecho de ser fijos o temporales.

Cabe destacar que el TSJPV estima que la indemnización a abonar a la extinción de un contrato de obra o servicio determinado ha de ser de 20 días, argumentando que es ésta la cuantía indemnizatoria que debe abonarse, sea cual sea la modalidad de contratación temporal. Argumenta este Tribunal que “... la Resolución europea explica que el problema de distinción indemnizatoria no se da entre temporales, es decir, entre por ejemplo los interinos frente a los contratados por obra () sino entre los trabajadores insertos en un concepto más global. Cuál es el de los contratos de duración determinada, frente a los fijos...”.

ELA valora muy positivamente esta sentencia y seguirá defendiendo ante los tribunales la aplicación de las sentencias europeas, tanto en el tema indemnizatorio como en el tema de la contratación fraudulenta.