MESA DE DIÁLOGO SOCIAL

ELA rechaza el decreto que regula el procedimiento de la jubilación anticipada por trabajos penosos

29/05/2025
Mientras la mesa del Diálogo Social -compuesta por UGT, CCOO, la patronal y el Gobierno español- ha acordado retrasar la edad legal de jubilación hasta los 67 años, ahora pretende adelantarla en determinadas profesiones consideradas especialmente penosas. No obstante, esta medida tendría un alcance muy limitado y se plantea únicamente de forma excepcional.

ELA rechaza el decreto que regula el procedimiento de la jubilación anticipada por trabajos penosos, medida acordada en la mesa de Diálogo Social. El sindicato recuerda que se trata de un espacio que lleva años dando cobertura a recortes en materia de pensiones. Cabe recordar la reforma de 2013, firmada por esos mismos agentes con Zapatero, que conllevó el retraso de la edad de jubilación a 67 años, un fuerte recorte de la cuantía de las nuevas pensiones y un empeoramiento de la jubilación anticipada y la jubilación parcial. Las reformas de 2021 y 2023 consolidaron los recortes de las reformas anteriores. En esta ocasión, acaba de entrar en vigor el Real Decreto 402/2025, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en profesiones penosas. No obstante, afirma ELA, “a pesar de la propaganda que se está haciendo, la norma tendrá un impacto muy limitado en la jubilación anticipada de las personas trabajadoras de estos sectores”.

En primer lugar, no se determina a qué profesiones va a afectar. Se dirige a “aquellas ocupaciones o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”. Estas condiciones deberán ser acreditadas con indicadores que serán evaluados por la Seguridad Social, relativos a la incidencia, persistencia y duración de los procesos de incapacidad temporal, las declaraciones de incapacidad permanente y los fallecimientos”.

Sin embargo, a pesar de que se cumplan esas condiciones la jubilación anticipada está pensada como una medida excepcional. Su aplicación solo está prevista cuando no sea posible garantizar unas condiciones laborales seguras y saludables. Es decir, según la normativa, solo se contempla esta vía si no se pueden modificar las condiciones de trabajo para hacer el puesto más seguro.

Además, no todas las personas podrán acceder a la jubilación anticipada si una profesión es considerada penosa. Es requisito necesario haber permanecido en dicha profesión durante al menos 15 años (de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación).

En cuanto al procedimiento para que la Seguridad Social evalúe si se aplican los coeficientes reductores, la solicitud deberá ser presentada persona a persona y de forma conjunta entre sindicatos y patronal más representativos (sindicatos más representativos y administración pública en el caso de los empleados públicos). En este sentido, no se prevé que la patronal tenga la mínima voluntad de realizar dicha solicitud. En algunos casos excepcionales, cabe la posibilidad de que una de las partes inicie el procedimiento de forma unilateral, pero con requisitos más exigentes por parte del ministerio.

ELA afirma que el procedimiento es excesivamente burocrático y lento, lo que retrasaría la aplicación de los coeficientes reductores. Además, se espera que la medida tenga un impacto neutro: para que las personas se jubilen antes se debe dar una sobrecotización suficiente, que será a cargo de la empresa y de la persona trabajadora.

Cabe recordar que, a pesar de su impacto limitado, estas medidas benefician a profesiones donde trabajan mayoritariamente hombres (construcción, transporte,…). “Esto condena a las mujeres a jubilarse más tarde que los hombres”, denuncia el sindicato.

ELA rechaza estas medidas que se adoptan en el marco del Diálogo Social y pide revertir todos los recortes que se han producido durante los últimos años: volver a la edad de jubilación a los 65 años, dar marcha atrás en los distintos recortes en la jubilación anticipada y la jubilación parcial y volver a calcular la pensión en base a 15 años de cotización, entre otras medidas.