La “Ley mordaza” quiere acallar y criminalizar la protesta social

07/07/2015
ELA quiere poner en conocimiento de la sociedad y de la clase trabajadora vasca en particular, que el pasado 26 de marzo pedimos una reunión a la Consejera de Seguridad del Gobierno Vasco para, entre otras cosas, hablar de esta ley. Solicitamos la reunión desde la legitimidad sindical y por la gravedad de la ley. A día de hoy, la Consejera no ha aceptado celebrar esa reunión; ni siquiera ha contestado a la solicitud. Este proceder, por parte de personas que desarrollan funciones públicas, nos parece especialmente reprobable.

La Ley de Seguridad Ciudadana, que entró en vigor el día 1 de julio, tiene una intencionalidad: eliminar y criminalizar la protesta social para, imponiendo el miedo, facilitar la aplicación de las políticas de derechas que deciden los Gobiernos.

Bajo el pretexto de la “seguridad ciudadana” el PP ha aprobado, con la oposición de resto de grupos parlamentarios, una ley de fuerte sesgo autoritario y represivo, con una clara restricción de derechos y libertades fundamentales como los de reunión, y manifestación, así como contra los derechos de libertad sindical y huelga. Al PP le estorban todos los métodos de protesta pacífica, y ha decidido combatirlos por la vía legal.

La entrada en vigor de esta ley, unida al Código Penal reformado, marca un horizonte preocupante para el ejercicio de los derechos humanos y la calidad democrática. Las duras sanciones económicas previstas actúan de manera disuasoria para los colectivos que más necesitan el espacio reivindicativo y de protesta. En nuestra opinión, esta es una ley clasista, hecha para proteger al poder económico y al político que dócilmente le obedece. No encontraremos, en las leyes actuales, el mismo grado de coerción y represión cuando los delitos son protagonizados por el mundo económico o se trata de corrupción política.

Para ello la ley:

1.- Amplía los poderes de la policía, reforzando su capacidad de control y coerción sobre las personas en los supuestos en los que “estime” puedan alterar el orden público. Esta indeterminación de la ley supone una gran margen de discrecionalidad en la actuación policial, lo que sin duda aumenta el riesgo de arbitrariedad (sirvan como ejemplo las potestades en relación a la identificación de las personas que incluye su traslado a dependencias policiales, el cacheo, la restricción del tránsito y controles en la vía pública, la posibilidad de disolver reuniones y manifestaciones...).

2.- Aumenta considerablemente las acciones que se pueden calificar como infracciones administrativas sancionables, así como las multas a imponer. Dichas multas podrán ir de 100 a 600 euros, por ocupar o reunirse en la vía pública o un edificio ajeno; de 601 a 30.000 euros, por impedir un desahucio, formar piquetes informativos o difundir imágenes de la policía; de 30.001 a 600.000 euros, por reuniones o manifestaciones en infraestructuras de servicios básicos (nucleares, aeropuertos, infraestructuras de telecomunicaciones...).

3.- Incorpora como infracciones administrativas la mayoría de las faltas penales que han desaparecido del Código Penal tras la última reforma. De esta manera, lo que antes estaba controlado por un juez pasa a manos de la Administración, que podrá imponer directamente sanciones sin control judicial, tomando como base un simple atestado policial. Para recurrir esas multas hay que acudir a la vía contencioso administrativa, pagar gastos de abogados, procuradores, tasas... todo con el objeto de aumentar la indefensión de la ciudadanía.

4. Se ceba en los derechos de las personas en situación de exclusión social y con las personas migrantes. Una de sus mayores atrocidades es la legalización de las "devoluciones en caliente" y la defensa de la actuación policial en las fronteras del Estado, mediante la inclusión de una disposición específica para Ceuta y Melilla. Según esta disposición, que entró en vigor el 1 de abril de 2015, "los extranjeros que sean detectados en esta zona mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar ilegalmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España". Esta medida posibilita las expulsiones de las y los migrantes de forma automática y sin garantías en Ceuta y Melilla, lesionando flagrantemente el derecho comunitario así como los tratados y convenios internacionales.

Propuestas ante esta Ley:

1. ELA hace un llamamiento a los gobiernos de la CAPV y Nafarroa y a los ayuntamientos de Hego Euskal Herria para que, siendo consecuentes con el voto en contra de la Ley en el Parlamento español de los distintos partidos políticos a los que pertenecen, no apliquen esta legislación. El sindicato exige a las administraciones vascas que no admitan injerencias en su ámbito de actuación y que defiendan el papel que deben desempeñar quienes tienen encomendadas funciones de autoridad pública al servicio de una sociedad más justa e igualitaria.

2.- Reclamamos la formación de los agentes que forman parte de los cuerpos policiales en materia de libertades públicas y derechos fundamentales (huelga, libertad sindical...), tanto en su vertiente individual como colectiva. Una formación que debe ir acompañada de unos protocolos de intervención que acoten al máximo la discrecionalidad en la actuación policial.

3.- ELA solicita a los grupos políticos que coloquen dentro de su programa político como una prioridad la derogación de esta ley, y que pongan en marcha todas las actuaciones que estén en su mano para dejarla sin efecto.

Por último, ELA quiere poner en conocimiento de la sociedad y de la clase trabajadora vasca en particular, que el pasado 26 de marzo pedimos una reunión a la Consejera de Seguridad del Gobierno Vasco para, entre otras cosas, hablar de esta ley. Solicitamos la reunión desde la legitimidad sindical y por la gravedad de la ley. A día de hoy, la Consejera no ha aceptado celebrar esa reunión; ni siquiera ha contestado a la solicitud. Este proceder, por parte de personas que desarrollan funciones públicas, nos parece especialmente reprobable.