Protocolos re-arranque actividad

24/04/2020
El Gobierno Vasco ha elaborado recientemente la “Guía de actuación para el arranque de actividad de forma segura en los centros de trabajo de la CAPV”.

 Según el propio Gobierno Vasco,

“La Guía de actuación para el arranque de actividad de forma segura en los centros de trabajo de la CAPV tiene por finalidad garantizar la salud de las personas trabajadoras y su objetivo es acompañar los procesos de reapertura de los centros de trabajo, recordando la disponibilidad de los servicios de OSALAN, la Autoridad Laboral y de la Inspección de Trabajo para solventar con rapidez las discrepancias que pudieran suscitarse.

La coordinación operativa de esta Guía la asume la Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 del Decreto 84/2017, de 11 de abril, por cuanto le compete impulsar y apoyar los acuerdos alcanzados por los agentes sociales en el marco de las Relaciones Laborales y de Seguridad y Salud Laboral”.

Según establece la Guía,

“Las empresas informarán de la referida Guía de arranque de actividad y la someterán a la consulta y acuerdo de los comités de Seguridad y Salud laborales, con la participación de las delegadas y delegados de prevención”.

Es por ello que, en caso de que la Representación Legal de lxs trabajadorxs aun a día de hoy siga sin tener conocimiento de la Guía en la empresa, en el Anexo os facilitamos un modelo de solicitud para que lxs Delegadxs puedan pedírselo a la Dirección de la empresa.

 

A LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA xxxxxxxxxxxxx

AL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Ante la posibilidad de retornar a la actividad laboral inmersos aun en el estado de alarma impuesto por el Covid-19, las y los delegados de prevención dentro de nuestras funciones de colaboración con la empresa en materia preventiva, solicitamos a la dirección como recoge la Ley de prevención de riesgos laborales, Ley 31/95, que garantice en todo momento y a toda la plantilla unas condiciones de trabajo seguras frente a los riesgos detectados.

Para ello exigimos que se dé traslado del procedimiento de reapertura por escrito elaborado por la empresa conjuntamente con el servicio de prevención en línea con las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Sanidad a los representantes de los y las trabajadoras así como a todos los delegados y delegadas de prevención, en el que se incluyan las medidas preventivas a implantar en el centro de trabajo y el alcance de las mismas para evitar el riesgo de contagio o propagación por Covid-19.

Este documento se entregará a los arriba citados 72 horas antes de la supuesta apertura y en ese tiempo se someterá a consulta y participación de los representantes de los y las trabajadoras hasta consensuar las medidas a implantar entre los tres agentes (empresa, servicio de prevención y delegados y delegadas de prevención) hasta llegar a un nivel de protección adecuado al riesgo de contagio por Covid-19.

En caso de no llegar a un consenso entre las partes, se dará traslado por escrito a Osalan/ISPLN, quienes serán los encargados de concluir las medidas mínimas exigibles que garanticen la salud de la plantilla en la reapertura del centro. Estas medidas tendrán que adecuarse a los tres escenarios de riesgo contemplados por el Ministerio de Sanidad y recoger las recomendaciones para cada grupo de riesgo.

Nivel de riesgo 3: exposición de riesgo a covid-19.

Nivel de riesgo 2: exposición de bajo riesgo a covid-19.

Nivel de riesgo 1: baja probabilidad de riesgo a covid-19.

Asimismo la empresa seguirá las recomendaciones descritas para el inicio de reapertura de los centros de trabajo elaboradas por los organismos públicos con competencias en materia de prevención.

http://www.osalan.euskadi.eus/coronavirus/-/covid19-procedimiento-empresa/

(En Navarra, no es Osalan el organismo competente)

 

Incluirán entre otras medidas las siguientes:

  • 1.- Medidas Generales como evitar el riesgo de exposición o propagación mediante teletrabajo.
  • 2.- Medidas Organizativas como facilitar limpieza de manos, flexibilidad horaria, mantener distancias mínimas de seguridad de 2 metros, limitar aforos y evitar reuniones, incrementar la limpieza de las zonas comunes.
  • 3.- Protección Colectiva como aumentar la ventilación, mamparas de separación, delimitación de distancias mínimas…
  • 4.- Protección Individual como guantes, gafas y mascarillas homologadas y adecuadas a cada riesgo.
  • 5.- Formación e Información continuada de la situación frente al Covid-19 mediante carteles o mensajes por megafonía.

Se tendrán en especial consideración las personas especialmente sensibles de la empresa para no agravar sus patologías en la reapertura y se seguirán los criterios establecidos para este colectivo por el Ministerio de Sanidad a través de los servicios de prevención.

Los y las delegadas de prevención verificarán y harán seguimiento del nivel de implantación y protección de dichas medidas teniendo una comunicación fluida y continuada con la empresa para poder modificar en cada caso las medidas implantadas.

 

Por todo ello,

                                  SOLICITAMOS

 

A la empresa que antes de 72 horas de la reapertura del centro de trabajo entregue dicho procedimiento a los representantes de los trabajadores y trabajadoras.

En caso contrario acudiremos a las instancias necesarias para denunciar la situación.

 

Firmado: xxxxxx                                     Recibí:

Delegadas y delegados de prevención

 

 

En XXXXX, xx de xxxxxxxxxxx de 2020