FAMILIAS MONOPARENTALES

El Supremo deniega a las familias monoparentales la prestación del doble de semanas por nacimiento de hijo

09/03/2023
El Tribunal Supremo ha denegado a las familias monoparentales el derecho a disfrutar del doble de semanas en la prestación por nacimiento y cuidado de hijo, revocando así la sentencia del TSJPV ganada por ELA. La Sentencia del Tribunal Vasco declaraba la existencia de discriminación del menor y discriminación indirecta de la mujer, al denegarse a la trabajadora el disfrute de las semanas adicionales que corresponden al segundo progenitor, en la prestación por nacimiento y cuidado de hijo. ELA lamenta profundamente dicha sentencia porque considera que se perpetúa la discriminación de mujeres y menores, por lo que los Servicios Jurídicos del sindicato están analizando los posibles recursos a formular frente a la citada sentencia.

La Sentencia del TS fija doctrina denegando el doble permiso a las familias monoparentales, pero la demandante mantiene su situación jurídica inalterada (ambos permisos). Es decir, la demandante podrá disfrutar del permiso doble, pero no podrá ser aplicada a más familias.

El Tribunal Supremo argumenta que para otorgar dicho permiso se debería modificar la normativa de seguridad social, función que sólo le corresponde al legislador. De hecho, hace referencia a que tanto el Parlamento como recientemente el Senado han votado en contra de modificar la ley para conceder el doble permiso.

Por el contrario, el voto particular formulado por dos magistrados del Tribunal Supremo recoge que cabe realizar una interpretación integradora en base al interés superior del menor y a la perspectiva de género, y concluir que la afectada tenía derecho a la prestación que pretende. Los dos magistrados recuerdan que el propio Tribunal Supremo ya ha realizado, en precedentes ocasiones, una interpretación integradora de las normas laborales y de seguridad social aplicables para proyectarlas sobre supuestos no expresamente contemplados en dichas normas.