LAS MUTUAS SE OPONEN AL PAGO DE LOS GASTOS POR LOS TRASLADOS EN LAS CITACIONES PARA EL CONTROL DE LA BAJA POR ENFERMEDAD COMUN.

13/02/2012
Los Juzgados de lo Social de Bizkaia, sentencian de forma diferente en relación a la compensación de gastos de transporte

Las Mutuas haciendo una interpretación restrictiva y parcial de la norma  continúan negando el abono de los gastos de transporte de los trabajadores y trabajadoras citados a los centros de las mutuas  antes de que  se haya agotado el plazo máximo de los 365 días de duración de la incapacidad temporal por contingencia común.

Ante esta irregular situación, desde los servicios jurídicos del sindicato se realizaron diversas reclamaciones ante los Juzgados de lo Social al entender que en base a las Orden TIN/971/2009, del Ministerio de Trabajo e Inmigración y las posteriores resoluciones y aclaraciones,  estos gastos deben ser compensados.

Sin embargo en este contexto, los juzgados de lo social de Bizkaia han respondido de manera diferente. Mientras que el Juzgado de lo Social nº 4 de Bizkaia  resuelve estimar las demandas,  otros Juzgados también de Bilbao, sentencian que no da lugar a la reclamación, abocando a los y las trabajadoras a una especie de inaceptable ruleta en la que su reclamación será atendida  en función de en que Juzgado “caiga la demanda” .Inaceptable.

Como ya explicamos en la jornada del 25 de enero en Bilbao, existe  una ofensiva por parte de la patronal y de las Mutuas por aumentar su gestión de la enfermedad común, que está llevando a que se incremente la presión sobre los trabajadores enfermos para que cojan el alta antes de tiempo. No abonar los gastos de traslados haciendo que este coste recaiga sobre los trabajadores y trabajadoras es una razón más para evitar que las Mutuas gestionen las bajas por contingencia común.