SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Condenan al Departamento de Seguridad a abonar a un ertzaina más de 15.000 euros por negligencia del Departamento en un accidente laboral

Los hechos juzgados se remontan al 8 de marzo de 2019 cuando el agente adscrito a seguridad ciudadana realizaba un control de alcoholemia, utilizando para ello una furgoneta automática de reciente adquisición.
El agente, al dejar la furgoneta en posición de control de alcoholemia, accionó el cambio de marchas en la misma posición que venía haciéndolo de forma habitual en los otros vehículos que utilizaba (también automáticos, pero con un sistema diferente) y en lugar del punto muerto, entró la marcha atrás, atrapando el vehículo el pie del trabajador.
En la sentencia ganada por Bidelagun, fundación creada por ELA para garantizar y proteger la salud laboral de la clase trabajadora, la jueza da por probados los siguientes hechos:
- Que el agente no recibió formación ni información específica sobre el manejo de la furgoneta.
- Que la nueva furgoneta supone introducir un nuevo equipo de trabajo que presenta "variaciones sustanciales" respecto a los vehículos que conducía el agente normalmente.
- Que no se puso ni siquiera a su disposición un manual de instrucciones del vehículo.
- Sobre la alegación del Departamento y de la Aseguradora de que estar en posesión del carné de conducir B1 es suficiente, la jueza afirma que "el carné de conducir B1 en modo alguno implica conocer el manejo de cualquier vehículo, manual o automático, ni las características especiales y propias de cada modelo".
Bidelagun valora muy positivamente esta sentencia, en cuanto recuerda a las empresas e instituciones que deben garantizar que sus plantillas reciban formación e información adecuadas de los riesgos derivados de los equipos de trabajo, así como sobre las medidas de prevención y protección necesarias para realizar su labor.