SALUD LABORAL
El juzgado reconoce que el Ayuntamiento de Ondarroa ha incumplido la ley de prevención

El Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao, en sentencia dictada el 30 de enero de 2025 da la razón a ELA y ha condenado al Ayuntamiento de Ondarroa a abonar una indemnización de 51.021,16 euros por los daños y perjuicios ocasionados a un trabajador municipal por no adoptar medidas preventivas en relación al conflicto que mantenía con su encargado y superior jerárquico.
El conflicto laboral comienza el año 2020 con la incorporación de un nuevo encargado. Tras diversas desavenencias, el trabajador inicia un primer periodo de baja por ansiedad en diciembre de ese mismo año. En septiembre del año 2022 el trabajador pone en conocimiento del Ayuntamiento los hechos, el cual no actúa, iniciando un proceso de incapacidad temporal en noviembre del año 2022 reconocido por accidente de trabajo por el INSS. Tras el requerimiento ELA, el Ayuntamiento contrata a una empresa externa para realizar un diagnóstico cuyo informe concluye que hay un conflicto escalado.
La inspección de Trabajo realiza un requerimiento en mayo del año 2023 al Ayuntamiento instando al mismo a planificar medidas preventivas en relación al conflicto, si bien no es hasta junio del 2024 cuando el Ayuntamiento se reúne con el trabajador.
La sentencia reconoce que el Ayuntamiento incumplió sus obligaciones preventivas en materia de riesgos psicosociales a pesar de tener conocimiento del conflicto de larga duración y de la situación del trabajador, apreciándose una situación pasiva del Ayuntamiento.
Bidelagun Fundazioa, creada por ELA para la promoción de la Salud Laboral y que ha llevado la dirección jurídica de este caso, valora muy positivamente esta sentencia porque reconoce la responsabilidad de las administraciones públicas en la prevención de los riesgos psicosociales.