LAS MUTUAS SE OPONEN AL PAGO DE LOS GASTOS POR LOS TRASLADOS EN LAS CITACIONES PARA EL CONTROL DE LA BAJA POR ENFERMEDAD COMUN.
Las Mutuas haciendo una interpretación restrictiva y parcial de la norma continúan negando el abono de los gastos de transporte de los trabajadores y trabajadoras citados a los centros de las mutuas antes de que se haya agotado el plazo máximo de los 365 días de duración de la incapacidad temporal por contingencia común.
Ante esta irregular situación, desde los servicios jurídicos del sindicato se realizaron diversas reclamaciones ante los Juzgados de lo Social al entender que en base a las Orden TIN/971/2009, del Mº de Trabajo e Inmigración y las posteriores resoluciones y aclaraciones, estos gastos deben ser compensados.
Sin embargo en este contexto los juzgados de lo social de Bizkaia han respondido de manera diferente. Mientras que el Juzgado de lo Social nº 4 de Bizkaia resuelve estimar las demandas otros Juzgados, también de Bilbao, sentencian que no da lugar a la reclamación, abocando a los trabajadores a una especie de inaceptable ruleta en la que su reclamación será atendida en función de en que Juzgado “caiga la demanda” .Inaceptable.
Como ya explicamos en la jornada del 25 en Bilbao, existe una ofensiva por parte de la patronal y de las Mutuas por aumentar su gestión de la enfermedad común, que está llevando a que se incremente la presión sobre los trabajadores enfermos para que cojan el alta antes de tiempo. No abonar los gastos de traslados haciendo que este coste recaiga en los trabajadores y trabajadoras es una razón más para evitar que las Mutuas gestionen las bajas por contingencias comunes.