ELA, CGT y CIG denuncian que Telepizza ha solicitado dos ERTEs sin negociar con los sindicatos con representación en la empresa

03/04/2020
Afirman haber sido excluidos de la Comisión de Negociación y exigen la paralización de toda la actividad, por considerar que, con carácter general, no se han garantizado las medidas básicas de prevención ni el propio protocolo establecido por la empresa en plena crisis por el coronavirus-covid19.

Telepizza S.A.U. ha iniciado simultáneamente dos procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE) con motivo de la crisis sanitaria y el estado de alerta decretado: uno por causa de fuerza mayor que afectaría a la parte de la plantilla teóricamente asignada a la venta en tienda, actividad considerada como servicio no esencial; y otro por razones económicas, productivas, u organizativas que afectaría a la parte de la plantilla teóricamente asignada al reparto a domicilio, actividad considerada vía decreto como esencial. ELA, CGT y CIG denuncian que ambos procesos de regulación de empleo temporal se han aplicado sin haber negociado previamente con los sindicatos con representación en la empresa, a quienes, afirman, se ha excluido de la Comisión de Negociación.

Ante esta situación ELA, CGT y CIG trasladan de manera conjunta y urgente a la totalidad de la plantilla afectada, a la Dirección de la empresa, así como a la Comisión Creada para el preceptivo período de consultas, las siguientes consideraciones:

  • Con carácter general no se han garantizado las medidas básicas de prevención ni el propio protocolo establecido por la empresa, por lo que a expensas de lo que resulte de la denuncias tramitadas, debe paralizarse toda de la actividad, incluido el reparto a domicilio, durante el tiempo que se prolongue la alerta sanitaria y en tanto en cuando no se garantice la seguridad de la plantilla.
  • No se ha incluido en la Comisión de negociación a todos los sindicatos electos en la empresa, en proporción a su representación en los centros afectados por el ERTE. El criterio utilizado de incluir solo a los sindicatos con consideración legal más representativos a nivel estatal (CCOO con seis representantes, UGT con seis representantes y ELA con una representante) resulta solo preceptiva en ámbitos en los que no existe representación electa propia, e invalida tanto el procedimiento como el resultado mismo de la negociación.
  • Se debe dispensar el mismo trato y las mismas condiciones para la plantilla afectada por los dos ERTEs solicitados, tanto el de fuerza mayor en el que la empresa no ha abierto ningún tipo de negociación, como en el que se ha estado teóricamente negociando, así como transparencia en los criterios de elaboración de los listados de trabajadoras y trabajadores afectados por ambos ERTEs, en atención a la voluntariedad de las personas con necesidades específicas.
  • Existe una falta de voluntad real de negociación por parte de la empresa, por lo que es necesario implantar las siguientes medidas básicas:
    • Complemento de la prestación por desempleo de la plantilla afectada hasta el 100% de sus retribuciones.
    • Devengo y abono de las vacaciones al 100%.
    • Devengo y abono de las pagas extras al 100%
    • Anticipos a cuenta por parte de la empresa ante los posibles retrasos en el cobro del desempleo.
    • Renovación de todos los contratos temporales y acuerdo de nulidad de cualquier despido durante los 12 meses posteriores a la finalización del estado de alerta.

ELA, CGT y CIG animan al conjunto de las y los trabajadores de Telepizza a que exigir que se respeten sus derechos y se cumplan las condiciones básicas formuladas previamente.