HOSTELERÍA DE GIPUZKOA

Preacuerdo de ELA con incrementos salariales acordes al IPC

18/04/2023
ELA, con el 55% de la representación en el sector, ha acordado con la patronal de hostelería de Gipuzkoa el convenio colectivo que tendrá vigencia hasta el 2026. El convenio, que se firmará el viernes, 21 de abril, garantiza incrementos salariales acordes al IPC y medidas para frenar “el abuso de las jornadas laborales” para las 17.000 personas que trabajan en el sector. Gracias al acuerdo, a partir de ahora será obligatorio registrar las jornadas laborales mediante un sistema de fichaje obligatorio para las empresas de cinco o más personas, algo que ELA califica de histórico porque, por primera vez, pondrá límites a los abusos que se han venido produciendo en relación a la prolongación de las jornadas. Además de los importantes incrementos salariales, se ha acordado una reducción de jornada de 80 horas para colectividades, un colectivo feminizado donde prevalece la contratación a tiempo parcial.

Éstos son algunos de los principales contenidos del acuerdo:

  • Vigencia hasta el 2026. Los efectos económicos se aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023.

  • Incrementos salariales:

        • Desde el 1 de marzo de 2023 incremento del 12% sobre las tablas del 2010.

        • 2024: incremento del IPC de 2023 + 3% ( tope 6%).

        • 2025: incremento del IPC de 2024 + 3% ( tope 6%).

        • 2026: incremento del IPC de 2025 + 3% ( tope 6%).

        • Si se superara cada año el tope del 6%, la cantidad que excediera se actualizaría el 2027.

  • Antigüedad: trienios con tope de 10.

  • Registro de jornada: las empresas de 5 o más personas deberán establecer obligatoriamente un registro telemático de la jornada laboral.

  • Obligación de negociar planes de igualdad en los centros de Gipuzkoa.

  • Protocolos contra el acoso laboral y protocolos contra el acoso por razón de género, sexo así como establecimiento de derechos para las personas LGTBIQ+.

  • Plus de formación de 20 euros al mes para aquellas empresas que no lleven a cabo planes de formación.

  • 80 horas de reducción de jornada durante la vigencia del convenio para las personas, en su mayoría mujeres, que trabajan en las empresas de colectividades.

  • Garantía de subrogación para los supuestos de cambios de empresario.

  • Ultraactividad indefinida del convenio.

  • Cláusula de blindaje frente a la inaplicación de las condiciones recogidas en el convenio.