Servicios mínimos abusivos y que incumplen las sentencias ganadas por los sindicatos tras las últimas huelgas

23/01/2011
La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales ha dado a conocer los contenidos de la Orden por la que se regulan los servicios mínimos tendentes a garantizar los servicios esenciales que se han de prestar durante la huelga general convocada para el 27 de enero. Se trata de una orden tremendamente regresiva y restrictiva que persigue limitar, una vez más, el derecho fundamental a la huelga.

Los sindicatos habían exigido el acatamiento de las Sentencias (TSJPV 695/09; TSJPV 780/10), ganadas tras recurrir los servicios mínimos de anteriores huelgas. Estos recursos se presentaron ante el carácter abusivo y la falta de motivación suficiente en varios de los servicios mínimos impuestos por el Departamento de Trabajo, Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco en las huelgas de 21 de mayo de 2009 y 25 de mayo de 2010. A juicio de las organizaciones sindicales convocantes, esta orden, de nuevo, hace oídos sordos a dichas sentencias y establece límites, más allá de lo razonable, al ejercicio del derecho fundamental; y persigue desactivar e impedir en la medida de lo posible la huelga que quiere hacer frente a las duras medidas que el gobierno nos quiere imponer.

Así, se rompe el acuerdo que históricamente se había alcanzado en los servicios mínimos para el ámbito de la sanidad, ya que de manera incomprensible, se incrementan los servicios mínimos para la atención primaria en un 20%. Del mismo modo, en el sector del transporte, se establece un porcentaje del 30% de mantenimiento de servicios y frecuencias. Se trata de una decisión abusiva en tanto en cuanto, se trata de una huelga de 24 horas. Además, este incremento ya fue declarado abusivo y falto de motivación, en una de las sentencias, ya que no se responde con las necesidades de la ciudadanía en un día de huelga de estas características, en el que su uso se reduce considerablemente, como ha sido reconocido por la propia administración en anteriores decretos.

Por otro lado, en el sector socio-sanitario se han incorporado los centros de día a la regulación equiparándolos a las residencias geriátricas. Es incomprensible esta incorporación en cuanto que permanecen cerrados domingos y festivos, y por tanto deberían quedar excluidos de esta regulación. En este ámbito se vuelve a incluir el transporte a los centros de día, como servicio mínimo, lo que expresamente ha sido declarado ilegal por abusivo en la sentencia del TSJPV 780/10.

Resulta especialmente grave la regulación que se hace en el ámbito educativo, que también se hace contra lo establecido en las sentencias citadas. Se vuelven a establecer servicios mínimos en educación obligando a la apertura de los centros. Además de contravenir las sentencias del TSJPV, (que establecían lo mismo para anteriores huelgas), resulta incomprensible la consideración de servicio esencial la educación en un huelga de un día y el obligar la apertura de todos los centros. Esta decisión lesiona el derecho a la huelga de los trabajadores y trabajadoras del ámbito educativo y pone en cuestión la seguridad misma de los alumnos y alumnas que ese día puedan acudir a clase, ya que pueden encontrarse con un único profesor en el centro.

Esto mismo se puede decir de las Haurreskolak, donde se establece la necesidad de apertura del centro con una persona. ¿Se trata acaso de un servicio esencial en una huelga de un día? ¿Se garantiza la seguridad de los niños o niñas?. Es evidente que no es esto lo que preocupa al gobierno, sino desactivar la huelga. Otro tanto se puede decir de lo establecido para la Universidad o el Centro Superior de Música, Musikene, para los que por primera vez se establecen servicios mínimos.

 

Así mismo, consideramos el decreto abusivo porque los servicios mínimos que se imponen se hacen bajo una falsa premisa. Constantemente se equipara el derecho a la huelga, que es un derecho fundamental, con el derecho al trabajo, que siendo un derecho constitucional, en absoluto tiene el rango de derecho fundamental, y por lo tanto merecedor de una especial protección.

En definitiva, esta decisión del Gobierno Vasco pretende claramente vulnerar el derecho fundamental de huelga y, abusando de los servicios mínimos establecidos, busca minimizar los efectos y la visibilidad de la misma. Una vez más, este gobierno deja ver su firme decisión de hacer callar y tratar de eliminar a todos aquellos que no comulguen con él y estén dispuestos a hacer frente a sus decisiones.

Los sindicatos convocantes de la Huelga hemos recurrido esta Orden y exigimos al Gobierno que siguiendo las propuestas hechas por los sindicatos rectifique la Orden de modo que garantice el derecho de huelga y responda de modo racional a las necesidades mínimas. En cualquier caso, llamamos a todos los trabajadores y trabajadoras a que hagan frente a estas imposiciones e intentos de desactivación de la huelga, hagan ejercicio de su derecho a la huelga con plena libertad y respondamos con contundencia a las medidas que tratan de imponernos.

 

ELA / LAB / STEE-EILAS