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Queda en evidencia la importancia de recoger la referencia del IPC en el convenio

Queda en evidencia la importancia de recoger la referencia del IPC en el convenio
Las tablas salariales deberán actualizarse al 4,6%. Pero este aumento llega con retraso, ya que se trata de subidas que no se han producido entre los años 2022 y 2025.

Ya en 2022, el sindicato ELA decidió no firmar el convenio al considerar, entre otras cosas, insuficientes los incrementos salariales que en él se recogían.

El acuerdo no incluyó la referencialidad del IPC y esto suponía asumir un alto riesgo de pérdida de capacidad adquisitiva.

En el primer año de Convenio (2022), por ejemplo, se acordaron incrementos salariales un 2% inferiores al IPC e incrementos salariales del 4%, 2,5% y 2,5% respectivamente para los años siguientes.

Pasados los años, los incrementos salariales recogidos en el convenio han sido inferiores al IPC, por lo que los y las trabajadoras han perdido capacidad adquisitiva durante todos estos años. Es decir, el IPC de los años 2022-2025 han sido más altos que la subida salarial que han experimentado las tablas del sector. Concretamente, la diferencia es del 4,6%.

Una vez finalizado el periodo de vigencia, según convenio, procede la actualización en tablas de esta diferencia del 4,6%. ELA considera que esta subida llega tarde y ha provocado que los y las trabajadoras pierdan dinero.

Además, ELA denunció que los incrementos salariales sólo se aplicaban en tablas y no en salarios reales. En consecuencia, las y los trabajadores que cobren por encima de las tablas salariales no tendrán ninguna actualización en sus salarios.