La sentencia de la Audiencia Nacional no garantiza la aplicación de las tablas salariales a los nuevos contratados en la categoría de monitor

30/11/2017
La sentencia de la  Audiencia Nacional  no garantiza la aplicación de las tablas salariales a los nuevos contratados en la categoría de monitor
La sentencia que ha dictado la Audiencia Nacional, ante el conflicto colectivo planteado por CCOO y UGT, por la aplicación de la categoría de monitor/a del convenio de restauración estatal, que en el caso de la CAPV recorta hasta en un 50% el salario de esa categoría respecto a los convenio de hostelería provinciales, no garantiza la aplicación de la tablas de hostelería en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa para ese personal.

La sentencia que ha dictado la Audiencia Nacional, ante el conflicto colectivo planteado por CCOO y UGT, por la aplicación de la categoría de monitor/a del convenio de restauración estatal, que en el caso de la CAPV recorta hasta en un 50% el salario de esa categoría respecto a los convenio de hostelería provinciales, no garantiza la aplicación de la tablas de hostelería en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa para ese personal.

La sentencia establece que a los/las monitores y monitoras contratadas a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo estatal de Restauración Colectiva, en aquellas empresas en las que en esa fecha existía un convenio colectivo aplicable y vigente (convenios colectivos provinciales de hostelería), se les debe aplicar dicho convenio colectivo y no el Convenio Colectivo estatal de Restauración Colectiva. Esa limitación se produce durante la vigencia del convenio provincial.

Ello significa que las empresas no podrán aplicar la nueva tabla de monitor/a hasta que finalice la vigencia del convenio provincial que resulte de aplicación.

En el caso concreto de nuestros territorios la situación sería:

  • En Nafarroa el convenio está vigente en el momento de la firma y continúa vigente, por lo que a los monitores se les debiera de aplicar la tabla salarial de Hostelería de Nafarroa.
  • En Gipuzkoa el convenio no está vigente luego, podrían aplicar la nueva escala
  • En Araba el convenio no está vigente por tanto, podrían aplicar la nueva escala
  • En Bizkaia hay controversia, el convenio de restauración se firma antes que el convenio provincial de hostelería pero se publica después. El convenio de hostelería de Bizkaia está impugnado pero suspendido el juicio al estar pendiente la resolución de la impugnación que ELA presentó contra convenio estatal de restauración.

Por lo tanto, en ningún caso CCOO y UGT han garantizado, tal como nos han querido hacer creer el mantenimiento de las condiciones salariales de los monitores/as a través de esa sentencia, dado que solo en aquellas provincias donde estuviera el convenio en vigor antes de la entrada del nuevo convenio de restauración, las empresas se verán obligadas a abonar según el convenio provincial y, sólo durante el tiempo de vigencia del mismo, teniendo que pasar a las nuevas tablas según la vigencia finalice

CCOO y UGT firman un convenio estatal, creando dobles escalas salariales, donde en el caso de la CAPV recortan hasta en un 50% el salario en la categoría de monitores/as para los nuevos contratados/as, y demandan la aplicación del convenio, pretendiendo engañar a los trabajadores/as vascos/as, dado que el recorte salarial y la doble escala salarial se van a mantener.

El Acuerdo Marco de Hostelería, suscrito por ELA y LAB, garantiza el mantenimiento de las condiciones de hostelería de los tres herrialdes para todos los trabajadores/as, también los nuevos contratados/as, que CCOO y UGT han impugnado, dejando a los trabajadores/as vascos/as a merced del convenio estatal y de la pérdida de condiciones laborales y económicas.

Por lo tanto ni está sentencia, ni los pasos que CCOO y UGT han dado hasta la fecha han garantizado ni garantizarán las condiciones laborales de los trabajadores/as de Hego Euskal Herria.

Desde ELA seguiremos defendiendo el ámbito vasco de negociación como única opción de mantenimiento y mejora de las condiciones laborales y económicas.