Los tribunales dan la razón a ELA y la empresa deberá aplicar el convenio de alimentación de Bizkaia
La resolución judicial reconoce que el convenio de empresa de DIA no puede suponer un empeoramiento de las condiciones laborales respecto al convenio provincial, especialmente en aspectos fundamentales como la retribución anual, la jornada de trabajo y los descansos. En consecuencia, la empresa deberá aplicar las condiciones más favorables del Convenio de Alimentación de Bizkaia a las personas trabajadoras de sus centros en el territorio.
ELA valora muy positivamente esta sentencia, que refuerza la importancia de la negociación colectiva provincial y pone freno a la estrategia de grandes empresas del sector de la alimentación, como DIA, que intentan imponer convenios de empresa con condiciones inferiores para reducir costes laborales.
ELA exige a DIA el cumplimiento inmediato del fallo judicial, la regularización de los salarios y la adecuación de las jornadas conforme al convenio de Bizkaia, así como el abono de las diferencias económicas generadas por la aplicación indebida del convenio de empresa.