Osakidetza condenada por vulnerar el derecho a la huelga
El Juzgado nº8 de los Social de Bilbao ha emitido una Sentencia por la que condena a Osakidetza a resarcir a una delegada de ELA que no pudo sumarse a la Huelga General de 30 de mayo de 2013. Habiendo personas suficientes para atender el servicio, Osakidetza vulneró el Decreto de Servicios Mínimos y obligó a trabajar a esta delegada.
Esta delegada, auxiliar de enfermería en el Hospital de Galdakao, avisó con 26 días de antelación a la Dirección que tenía intención de realizar huelga. La Dirección tomó la decisión de nombrarla Servicio Mínimo sin intentar cubrir su puesto de trabajo mediante otras personas, tal y como exigía el Decreto de Servicios Mínimos.
El Gobierno Vasco y Osakidetza utilizan los servicios mínimos y su aplicación para impedir el efectivo derecho a la huelga de los trabajadores y las trabajadoras de Osakidetza y, de esta forma, trata de minimizar la visualización del enfado que tiene la plantilla por los continuos recortes que vienen realizando en nuestro servicio público de salud.
ELA quiere mostrar sus satisfacción por esta sentencia y exige a Osakidetza que respete el legítimo derecho a la protesta de su plantilla en futuras convocatorias de huelga.