El Tribunal Supremo ratifica que Cotronic vulneró el derecho a la huelga de la plantilla
A criterio de ELA la modificación que planteaba la empresa era fraudulenta. La plantilla inició una huelga indefinida que duró 141 días. Por otro lado, ELA judicializó el proceso y la Audiencia Nacional confirmó que, efectivamente, la Modificación que la empresa quería implantar no se podía hacer y lo declaró nulo.
Si esto fuera poco, durante la huelga ELA observó que la empresa sustituyo a los y las huelguistas, vulnerando el derecho a huelga. Por lo tanto, metió una demanda al respecto.
Tras años en los tribunales, el Tribunal Supremo ha ratificado que Cotronic vulneró el derecho a huelga, al considerar acreditado que la empresa utilizó personal subcontratado para sustituir al personal en huelga.
Por lo tanto, el Tribunal Supremo acepta las indemnizaciones solicitados por ELA y condena a la empresa al abono de 7.501 euros a cada persona trabajadora huelguista en concepto de daños y perjuicios. Además, obliga a la empresa al pago de todos los salarios de cada huelguista por vulneración del derecho a la huelga.
Cabe remarcar también que estos hechos ya habían sido denunciados previamente frente a la Inspección de Trabajo hasta en dos ocasiones. En ambas situaciones la Inspección de Trabajo dictaminó que no existía dicha sustitución y que la empresa estaba actuando de manera correcta. Por ello ELA también denuncia la ineficencia de Inspección de Trabajo, ya que no da cobertura ni a los casos que quedan claramente demostrados.