La asociación Agifes condenada por persecución sindical
El juzgado de lo social nº 5 de Donostia ha dictado sentencia frente al despido objetivo por causas organizativas impuesta por la asociación Agifes en junio 2015 a una delegada de ELA. La asociación había notificado a la delegada el despido por causas organizativas, alegando que le reorganización del servicio dejaba sin contenidos a la delegada de ELA, con categoría de coordinadora, y que no existía posibilidad alguna de reubicación.
La Diputación de Gipuzkoa tiene un convenio con la asociación Agifes para la gestión de algunos servicios forales de personas con discapacidad psíquica adquirida y lleva dando servicios a mas 200 personas y sus familiares. La asociación se creo en el año 85 y ha sido clave en el bienestar de muchas familias que han vivido y viven el drama de la enfermedad mental. La asociación, con cerca de 1000 socios posee pisos, centros de día, programas de ocio y tiempo libre, y organiza talleres para las familias de los discapacitados.
La asociación ha dejado en manos de los gestores externos la gestión del servicio. Los actuales gestores, que llevan ejecutando un política de despidos fuera de cualquier lógica, han asumido un elevado coste que, para este sindicato, pueden poner en peligro el proyecto de Agifes. No es entiende que una asociación, que ha realizado una función social innegable y de primer orden en dignificar a las personas con discapacidad psíquica y sus familias, pueda asumir elevados costes económicos por despidos más aun cuando insiste una y otra vez que su financiación es escasa e insuficiente, y posee una plantilla de profesionales de primer orden.
Agifes ha pretendido utilizar una argucia organizativa para intentar deshacerse de una trabajadora que era delegada de ELA y hacer un gesto ejemplarizante hacia el resto de la plantilla. La sentencia deja clara que este despido “atenta contra el derecho a la libertad sindical (derecho fundamental)” y desmonta una por una cada uno de los argumentos organizativos alegados en la documentación aportada en el despido de la delegada de ELA. La sentencia reconoce la nulidad del despido, obliga a Agifes a la inmediata readmisión de la Delegada de ELA, impone el pago de los salarios de tramitación y una indemnización de 10.000 euros, como consecuencia de los daños y perjuicios producidos.
Por último hacer un llamamiento a los actuales gestores de AGIFES para que cambie de actitud, para que vuelvan a la senda de la gestión razonable y profesionalizada, y dejen de lado la política del miedo y el despido.