La modificación sustancial de condiciones de trabajo impuesta por Naturgas Energía a su plantilla es injustificada

05/01/2016
La Audiencia Nacional estima la demanda de ELA y declara injustificada la modificación de las condiciones laborales en Naturgas Energía, al no acreditar la empresa la concurrencia de causas técnicas, ni productivas, ni organizativas que justificaran la medida en ninguna de las empresas afectadas.

Naturgas Energía, empresa que gestiona la distribución y comercialización del gas, servicio básico para la ciudadanía, fue privatizada por decisión del Gobierno Vasco. Se convirtió un servicio dependiente de las instituciones vascas en negocio privado, que genera cuantiosos beneficios a costa de los y las consumidoras y los y las trabajadoras, que están viendo deterioradas sus condiciones laborales.

Mediante una modificación sustancial de condiciones de trabajo, la empresa alteró unilateralmente las condiciones laborales. La firmeza de la plantilla y la labor de los servicios jurídicos de ELA han conseguido que la MSCT quede sin efecto. En sentencia de 22 de diciembre la Audiencia Nacional estima la demanda sindical y declara injustificada la medida, al no acreditar la empresa la concurrencia de causas técnicas, ni productivas, ni organizativas que justificaran la medida en ninguna de las empresas afectadas.

ELA insta a las instituciones, en concreto al Gobierno Vasco, a que defienda y garantice servicios básicos para la ciudadanía como el gas, y que no regale infraestructuras creadas por fondos públicos a multinacionales sin escrúpulos que ponen en peligro el mantenimiento eficaz y seguro de dichas infraestructuras y la garantía de empleo de calidad.