La Diputación de Araba contra la libertad sindical

23/05/2014
El Instituto Foral de Bienestar Social impulsa la exclusión del censo electoral para las Elecciones sindicales que se van a celebrar el próximo día 12 de Junio de una trabajadora que se encuentra en situación de excedencia por cuidado de hijo/a.

Esta decisión es ya grave la apoye quien la apoye, pero el hecho de que sea una administración pública la que fomente e impulse la prohibición de una trabajadora de ejercer su derecho al voto en unas elecciones sindicales por encontrarse en excedencia por cuidado de hijo/a, resulta inaceptable, razón por la cual ELA ha tomado la decisión de judicializar el asunto.

Las administraciones públicas tienen el deber de promover y fomentar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de su plantilla y de la población, en general. Más aún si se tiene como objetivo social e institucional la consecución de una igualdad real entre mujeres y hombres.

Si se quieren crear referentes alternativos en términos de igualdad de género, fomentar la corresponsabilidad e ir más allá de discursos bien intencionados, el que una trabajadora no pueda votar en unas elecciones sindicales por haberse acogido a una medida de excedencia por cuidado de hijo/a, produce el efecto contrario. Penalizar de esta manera, la incompatibilidad entre la vida laboral y familiar reproduce el esquema social de desigualdad persistente entre mujeres y hombres.

Por lo tanto, ELA exige al IFBS que asuma y ejerza su obligación de dar pasos hacia una igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, y por tanto, proceda a incluir en el censo electoral a la trabajadora que se encuentra en situación de excedencia por cuidado de hijo permitiéndole votar el día 12 de Junio en las Elecciones sindicales.