La justicia da la razón a ELA y reconoce que existe discriminación entre docentes permanentes y laborales de la UPV/EHU

Esta modificación dejaba fuera a todos y todas las docentes temporales, que, en la práctica, realizan el mismo trabajo y la misma actividad investigadora que el personal permanente. No ser evaluados por Unibasq tiene consecuencias salariales -no reciben un sexexio-, y en el desarrollo de su carrera profesional.
ELA considera que esta decisión de Unibasq no sólo genera discriminación, si no que vulnera el derecho de igualdad entre personal fijo y temporal. “No puede haber discriminación entre el personal, en tanto en cuanto realizan igualmente en los dos casos actividad investigadora”, remarca el sindicato.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gasteiz reconoce un trato discriminatorio para el personal docente temporal, más concretamente para los contratos de los puestos de Adjunto/Adjunta, Colaborador/Colaboradora y Asociado/Asociada, y reconoce el derecho de los y las mismas a participar en los procesos para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado, y en consecuencia poder acceder a la obtención de un sexenio.
ELA valora muy positivamente esta sentencia y continuará luchando tanto sindical como judicialmente para terminar con la discriminación que sufre la plantilla docente temporal de la UPV/EHU.