Comunicado del Comité Nacional de ELA

29/01/2007
El Comité Nacional de ELA, reunido hoy en Bilbao, ha analizado las recientes actuaciones judiciales contra ciudadanos, instituciones y grupos. En concreto, la decisión tomada sobre Iñaki de Juana, las actuaciones que se siguen contra el Lehendakari y la reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre los grupos Jarrai-Haika-Segi.

La decisión del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española de mantener la situación de prisión para Iñaki de Juana ha sido, para el Comité Nacional, un acto de extrema crueldad. La decisión firme de que el preso no vuelva a ver la calle se consensuó hace ya tiempo en ámbitos políticos, judiciales y mediáticos: primero con la revisión del cómputo de la condena cumplida, luego con nuevas imputaciones (por escribir dos artículos de opinión) y la posterior condena de prisión. Ahora han decidido que da igual que esta persona muera, cuando el recurso extremo a la huelga de hambre no es sino el resultado del encarnizamiento de que es objeto. Para ELA, el ánimo de venganza y la voluntad de mantener el proceso dentro de parámetros represivos están en la base de estas medidas.

El órgano de dirección de ELA ha valorado, asimismo, la causa penal abierta contra el lehendakari como una injerencia inaceptable de la judicatura en las competencias de los poderes y las fuerzas políticas. Su reunión con los representantes legítimos de una corriente política de este país, o cualesquiera otros ciudadanos, no puede ser fiscalizada por los tribunales. La misma valoración han recibido, lógicamente, las acciones que se siguen contra los representantes de Batasuna por acudir a la reunión.

En relación con esta cuestión, es preocupante la proliferación de grupos, escasa o nulamente representativos, que se dedican, full time, a querellarse contra personas, colectivos e instituciones forzando actuaciones de fiscalías y judicaturas de por sí poco necesitadas de estímulo.

El Comité Nacional ha valorado muy negativamente lo que se conoce hasta el momento de la sentencia del Tribunal Supremo sobre Jarrai, Haika y Segi, y teme que sirva de precedente para juzgar como terroristas a aquellas personas que convoquen actos o promuevan acciones en nombre de las organizaciones citadas, y para orientar la instrucción y los juicios relacionados con otros procesos, como son los del sumario 18/98 (Egin, Xaki, Joxemi Zumalaba y Ekin); Askatasuna y Gestoras; Batasuna y Herriko Tabernak; Udalbiltza y Egunkaria; sumarios y casos que afectan a más de 150 personas.

ELA entiende gravísimo que se condene una actividad política genérica, y no hechos y actos determinados; esta sentencia se explica en el contexto de recrudecimiento de la represión contra un sector de nuestra sociedad, reclamado por muchas personalidades políticas y medios de comunicación tras el atentado de Barajas, que costó la vida a dos trabajadores ecuatorianos.

Un sistema judicial tan permeable y predispuesto a las demandas de mano dura, como poco comprometido con la defensa de los derechos y garantías, es un peligro para los sectores y personas que no cuentan con la protección de la estructura de poder.

Bilbao, 29 de enero de 2007