El Gobierno español acosa a los parados

19/04/2002
ELA valora las medidas de reforma del desempleo
El paquete de medidas de reforma de la protección por desempleo que ha puesto en circulación el gobierno español insiste en el recorte de coberturas, que ha sido el eje de las sucesivas reformas del desempleo. ELA considera que el gobierno plantea el problema del desempleo desde un punto de vista exclusivamente economicista y una enorme insensibilidad social. Su objetivo no es el de prestar cobertura social a quienes no tienen empleo, sino cebarse con quienes perciben alguna prestación, endureciendo las condiciones, tratándoles como a sospechosos y acosándoles para que acepten cualquier trabajo y en cualquier condición. No hay razones económicas para esta política, ya que el estado español tiene un sistema de desempleo con niveles de cobertura a la cola de Europa que presenta al mismo tiempo un importante superávit económico. Los últimos datos (diciembre de 2001) confirman esta baja cobertura del INEM. Así, en Euskal Herria sólo una de cada cuatro personas en paro (27,5% del total) percibe la prestación contributiva de desempleo. Añadiendo los desempleados que perciben prestación asistencial o no contributiva, el total de personas en paro con alguna cobertura del INEM llega hasta el 43%. O, dicho de otra forma, el 53% de las personas en paro no percibe ninguna prestación del INEM. En cuanto a las medidas recogidas en la reforma destacamos las que afectan a los salarios de tramitación y a lo que el gobierno llama “empleo adecuado”. El que se eliminen los salarios de tramitación al retrotraer el cobro del desempleo al momento mismo del despido, tiene consecuencias importantes. Para el empresario, abarata el despido y favorece la no readmisión en los casos de despido improcedente. Para la persona despedida, se acorta el tiempo en que está protegida por el salario o la prestación de desempleo. Además, al adelantarse el paro y acortarse el tiempo de cotización previo, puede tener incidencia negativa en la duración de la prestación de desempleo e incluso hacer que no se llegue a reunir la cotización necesaria para generar este derecho. En cuanto a lo que se considera “empleo adecuado” se da un nueva vuelta de tuerca. La reforma pretende que el parado tenga que aceptar prácticamente lo que le echen: tipo de contrato, duración, salario, condiciones de trabajo... En cuanto al aspecto profesional, si durante el primer año de paro se considera empleo adecuado cualquiera que se ajuste a las aptitudes físicas y formativas del trabajador, a partir del año la discrecionalidad del INEM es absoluta. Por otra parte, en cuanto al lugar de la nueva colocación, se considera que debe aceptarse cualquier empleo situado dentro de un radio de 50 kilómetros del domicilio o que no suponga más de tres horas diarias de desplazamiento, siempre que el coste de éste no sea superior al 20% del salario. Esto supone en la práctica que la persona en paro tenga que elegir entre dedicar en muchos casos catorce horas diarias al trabajo, con un salario que se le puede quedar en casi nada, o ver reducida e incluso extinguida la prestación de desempleo. Es una muestra de la atroz insensibilidad de un gobierno que trata a los parados como a delincuentes y no sólo favorece su explotación, sino también su desarraigo familiar y social. Por último hay que denunciar que el Gobierno aprovecha la reforma para corregir en clave restrictiva lagunas de la norma anterior (fijos discontinuos periódicos) y la interpretación que los tribunales estaban haciendo en una materia de gran importancia como es el no cómputo como renta de la indemnización por despido para calcular el límite de ingresos que da derecho al subsidio de desempleo. El computar la indemnización como renta puede suponer en muchos casos la pérdida de este subsidio. En definitiva, es un proyecto antisocial, coherente con la adscripción del gobierno Aznar a la ortodoxia neoliberal, que supone un nuevo paso en la estrategia de limitar la cobertura del desempleo y de culpabilizar y estigmatizar a las personas en paro. 19 de abril de 2001. GABINETE DE PRENSA. Gobernuaren mobbing-a (Editoriala. Astekaria 68) Jose Bizente Harriola, jurista del Gabinete técnico de ELA, nos sitúa el contenido y el contexto de esta reforma. Hay que decir, en primer lugar, que lo que por ahora conocemos es un borrador que seguramente sufrirá todavía alguna modificación, aunque mantenga su orientación fundamental. –¿Cuál es la orientación de la nueva reforma? –La idea central es la de seguir insistiendo en el recorte de coberturas, que ha sido el eje de las sucesivas reformas del desempleo que se han ido producido desde la Ley Básica de Empleo de 1980. Esto revela, en mi opinión, un enfoque del tema radicalmente inaceptable que, en vez de prestar cobertura social a quienes no tienen empleo, se ceba con quienes perciben alguna prestación, endureciendo las condiciones, tratándoles como a sospechosos y acosándoles para que acepten cualquier trabajo y en cualquier condición. El gobierno plantea el tema desde un punto de vista exclusivamente economicista y una enorme insensibilidad social. –¿Hay razones económicas para esta política de ahorro? –En absoluto, ya que tenemos un sistema de desempleo con niveles de cobertura a la cola de Europa, que presenta, al mismo tiempo, un importante superávit económico. Las únicas razones son político﷓ideológicas, debidas a la adscripción del gobierno Aznar a la ortodoxia neoliberal. –¿Cuáles son las medidas que contiene esta nueva reforma? –No podemos entrar aquí en el detalle de todas ellas, pero yo citaría como más significativas para nuestra realidad las que afectan a los salarios de tramitación y a lo que el gobierno llama “empleo adecuado”. –¿Qué dice el proyecto de los salarios de tramitación? –El gobierno elimina los salarios de tramitación al retrotraer el cobro del desempleo al momento mismo del despido. Esto tiene consecuencias importantes: Para el empresario, abarata el despido y favorece la no readmisión en los casos de despido improcedente. Para la persona despedida, acorta el tiempo en que está protegida por el salario o la prestación de desempleo. Además, al adelantarse el paro y acortarse el tiempo de cotización previo, puede tener incidencia en la duración de la prestación de desempleo, e incluso hacer que no se llegue a reunir la cotización necesaria para generar este derecho. –¿Qué se considera empleo ‘adecuado’? –En esta materia se da un nueva vuelta de tuerca. El parado tiene que aceptar prácticamente lo que le echen: tipo de contrato, duración, salario, condiciones de trabajo... En cuanto al aspecto profesional, si durante el primer año de paro se considera empleo adecuado cualquiera que se ajuste a las aptitudes físicas y formativas del trabajador, a partir del año la discrecionalidad del INEM es absoluta. Por otra parte, en cuanto al lugar de la nueva colocación, se considera que debe aceptarse cualquier empleo situado dentro de un radio de 50 kilómetros del domicilio o que no suponga más de tres horas diarias de desplazamiento, siempre que el coste de éste no sea superior al 20% del salario. ¿Qué es lo que esto puede suponer en la práctica? Que la persona en paro tenga que elegir entre dedicar en muchos casos catorce horas diarias al trabajo, con un salario que se le puede quedar en casi nada, o ver reducida e incluso extinguida la prestación de desempleo. Me parece atroz la insensibilidad de este gobierno que trata a los parados como a delincuentes, y no sólo promueve la explotación de los parados, sino también su desarraigo familiar y social. –La cuestión es recortar de donde sea. –En efecto; en este sentido, el Gobierno aprovecha la reforma para corregir en clave restrictiva las lagunas de la norma anterior (fijos discontinuos periódicos) y la interpretación que estaban haciendo los tribunales en materias de gran importancia como es el no cómputo como renta de la indemnización por despido para calcular el límite de ingresos que da derecho al subsidio de desempleo. Asimismo, se excluyen del desempleo los períodos de vacaciones no disfrutados que se incluyen en la liquidación por extinción del contrato.