TEMPORALIDAD
El TJUE corrobora que las medidas adoptadas en la Ley Iceta son insuficientes

La sentencia Europea sobre el abuso de la temporalidad del personal funcionario interino dictada tras la Ley 20/21, al igual que su reciente antecesora STJUE de 22 de febrero de 2024 sobre el personal laboral temporal, viene a corroborar lo que ELA lleva denunciando durante años:
- Que ni la llamada Ley Iceta, ni la Ley de Cuerpos y Escalas de la Administración de la CAPV, ni el resto de normativas, suponen una solución suficiente y garantista para los miles de trabajadores y trabajadoras del sector público que llevan años sufriendo el uso abusivo de la contratación temporal.
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Que los Tribunales Europeos no van a decretar la fijeza automática de ese personal.
Por otra parte, la sentencia añade lo siguiente:
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Que la fijeza podría ser una medida eficaz para sancionar el abuso, pero que en ningún caso podrá contravenir la normativa estatal.
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Que corresponde a los tribunales estatales determinar si la declaración de fijeza es acorde a la legislación estatal.
Ante esta sentencia ELA se reafirma en la necesidad de seguir movilizándose para que se hagan las modificaciones legislativas necesarias, que garanticen la consolidación de los más de 77.000 temporales del sector público de Hego Euskal Herria.