La Justicia anula parcialmente los servicios mínimos decretados en la huelga del servicio de teleasistencia del Gobierno vasco

27/07/2022
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) da la razón a ELA y anula parcialmente la orden de servicios mínimos decretada en la huelga del servicio de teleasistencia del Gobierno Vasco, Beti On. La Sala dice, textualmente, que la orden de servicios mínimos, decretada el 18 de marzo de 2022 por la Vicelehendakari segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, “amplia sin motivo que ofrezca justificación los servicios impuestos en huelgas precedentes”, por lo que los anula parcialmente.

ELA aplaude la decisión judicial por considerar que la orden estaba mermando el derecho a la huelga de la plantilla. No en vano, los servicios mínimos decretados en la huelga pasaron de 6 a 8 teleoperadores en los turnos de mañana y tarde, cuando el servicio ordinario en tales turnos era de 7; y de 2 a 3 en el turno de noche, con respecto a órdenes de servicios mínimos anteriores comparables (orden de 22 de enero de 2021). Es decir, los servicios mínimos se incrementaron en un 50% en el turno de noche y en un 33% en los turnos de mañana y tarde “sin justificarlo debidamente”. En la demanda ELA denunció que se estableció una cobertura del servicio por un número de personas superior al que presta servicios en periodos no afectados por la huelga.

Si de forma ordinaria el segmento de emergencias, alarma llamada, se prestaba con 7 teleoperadores, como se aprecia en los cuadrantes presentados tanto en turnos de mañana como de tarde, durante la huelga el servicio se ha prestado con más del 100% de la plantilla de teleoperadores de emergencia en un día normal.

La plantilla acumula ya 60 jornadas de huelga y convocada por ELA y LAB llevará a cabo otro mes de huelga en agosto para activar una negociación real y mejorar sus condiciones laborales.