ELA califica de broma la modificación por el departamento de trabajo del decreto 329/03 por el que se regulan ayudas al empleo

26/09/2005

Una de las modificaciones introducidas en ese Decreto hace mención a que no serán objeto de subvenciones por parte del Gobierno Vasco las contrataciones que realicen las empresas de más de 10 trabajadores cuando su tasa de temporalidad supere el 24%.

ELA mostró su rechazo a esa modificación en la Comisión de Informes del CRL y la reitera ahora tras la publicación el pasado jueves de esas modificaciones en el BOPV. Los motivos básicos de nuestra oposición son:

  • El establecimiento de ese porcentaje, en nuestra opinión, nada tiene que ver con lo que el propio Gobierno dice en la exposición de motivos en la que habla de "su decidido compromiso en la lucha contra la precariedad laboral".
  • Es algo evidente, en función de la inexistencia de unos mínimos controles, que las empresas pueden manipular a su conveniencia el porcentaje de contratos temporales con el objeto de seguir recibiendo subvenciones.
  • ELA se pregunta, si la existencia de un 24% de temporalidad (mucha de ella en fraude de ley) es para el Gobierno un objetivo suficiente. El Gobierno elude de esa manera entrar al análisis de la naturaleza de esa temporalidad.
  • Hoy las empresas que tienen un nivel de temporalidad del 24% están en fraude de ley, situación que el Gobierno acepta como buena en ese Decreto. Salvo algún caso puntual y coyuntural, no existe razón alguna que justifique la existencia de tan alto porcentaje.
  • El Gobierno con esa modificación no varia su posición de subvencionar a aquellas empresas que de manera sistemática abusan de la contratación temporal fraudulenta, lo cual nos parece muy grave.

ELA ha recordado reiteradamente a la Autoridad Laboral las medidas que tiene en su mano para perseguir ese fraude. Nos parece evidente que esa función de la Administración no se está realizando. El Decreto no recoge ningún mecanismo para que la subvención que se de a las empresas este ligada a un control de que no existe fraude en la contratación.

ELA exige a la Autoridad Laboral que con sus propios medios establezca controles e inspecciones para perseguir el fraude y sancione de tal manera las conductas fraudulentas que se impida a las empresas que continúen defraudando. Hablar de "no subvencionar a quienes superen el 24% de temporalidad" en la actual situación solo puede ser calificado de una broma de mal gusto.