ELA gana en el Tribunal Supremo la sentencia sobre el descuento salarial del año 2010 en la Orquesta Sinfónica de Euskadi
ELA tuvo que recurrir hasta el Tribunal Constitucional para recuperar el recorte salarial que se impuso a la plantilla de las sociedades públicas, a pesar de que el Real Decreto Ley 8/2010 establecía expresamente que dicho recorte no era de aplicación en este ámbito. La sentencia reconocía el derecho al cobro a partir del 31 de julio de 2015.
Por ello ELA interpuso demanda colectiva tanto en el juzgado de lo social en Donostia como en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, exigiendo el pago desde junio del año 2010, fecha en la que se realizó el descuento salarial. Ambas sentencias fueron contrarias a la recuperación de lo recortado, con el agravante de que el TSJPV ni siquiera se pronunció sobre parte de la demanda interpuesta por ELA, por lo que este sindicato presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo, en fecha 17 de diciembre de 2019, ha anulado parcialmente la sentencia del TSJPV, por falta de pronunciamiento sobre una de las pretensiones de la demanda, ya que no se ha pronunciado sobre la retroactividad de los abonos, lo que ha conllevado una vulneración del derecho fundamental de tutela judicial efectiva por indefensión.
Ahora le toca nuevamente al TSJPV pronunciarse sobre este asunto y fijar la fecha desde la que hay que abonar a la plantilla los salarios recortados de manera ilegal por parte de la Orquesta de Euskadi. Tras este nuevo varapalo judicial, ELA exige a la dirección de la Orquesta de Euskadi que cumpla con lo acordado el día 2 de septiembre de 2010 entre la dirección y el Comité de Empresa y abone y regularice de inmediato los salarios recortados desde junio del año 2010.