El personal laboral docente del Departamento de Educación podra cobrar el 4º y 5º sexenio
Aunque ELA se ha mostrado en contra de este sistema, entendiendo que al personal laboral docente que acredite la antigüedad le correspondía el cobro del 4º y 5ª sexenio, interpuso un conflicto colectivo.
Pues tal y como hemos dicho, ha salido la sentencia y la misma nos da la razón. El fallo dice literalmente lo siguiente:
“Se estima, en lo sustancial, la demanda de conflicto colectivo interpuesta por la confederación sindical ELA, frente a LAB, STEE-EILAS, CCOO, UGT y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, declarando el derecho del personal laboral docente no universitario de dicho Departamento a percibir el componente de especial dedicación del complemento específico en los mismos términos que su personal funcionario de carrera docente no universitario y, por ello, a quienes cumplan el cuarto o el quinto sexenio, a partir del 1 de Enero de 2.010, perciban los importes señalados a tal efecto en el art. 71 del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de dicho personal funcionario, aprobado por Decreto del Gobierno Vasco 185/2010, de 6 de Julio, condenando a la administración demanda a su abono”
La sentencia si bien es favor de la tesis que defendía ELA, no es firme todavía, pero ELA va a exijir al Departamento de Educación, hoy mismo en la Comisión Paritaria del Convenio, el cumplimiento de la sentencia tal y como se venían aplicando los sexenios 2º y 3º. Si el Departamento no aplica de forma inmediata la sentencia, ELA procederá a hacer las correspondientes reclamaciones. Dado que la sentencia es muy clara, esperamos que el Departamento de Educación lo aplique de forma inmediata y de fín a este conflicto.